Cómo la fiscalidad ayuda a cerrar el círculo de la economía circular

Posted by aclimaadmin | 13/06/2019 | Sektoreari buruzko albisteak

El concepto de economía circular es todavía emergente en nuestro país, algo que refleja la poca conciencia ambiental que tenemos.

Así, los datos publicados por Eurostat e INE, en 2014, constataban que en España se reaprovechaba un 12% menos de los residuos que en el resto de la Unión Europea. Esto suponía, en términos globales, un porcentaje de reutilización -sobre el total de los residuos-, de, únicamente, el 24 %.

No obstante, pese a que esto constata que hay mucho trabajo por hacer -desde una labor pedagógica hasta la consecución de alianzas para un desarrollo sostenible-, hay que tener en consideración que, gracias a ciertos sectores y asociaciones, la preocupación y sensibilización hacia el medio ambiente está aumentando considerablemente.

Debemos ser conscientes de que la protección del medio ambiente es un condicionante fundamental en la elección del modelo económico. La capacidad de producción y el consumo dependen de la forma de utilización de los recursos naturales y de la etapa final de vida del producto (residuo). Y es que la economía lineal -extraer, fabricar, consumir y tirar-, lleva al límite la capacidad del planeta para mantener el suministro de materias primas y para absorber los residuos.

La economía circular -cerrar el círculo/cerrar el ciclo de vida- invoca un cambio en los modelos de producción, de forma que todos los factores de producción estén orientados a poner en el mercado productos y servicios eficientes. Es decir, que puedan volver a entrar en el sistema l nuevamente. Para ello es fundamental tomar conciencia sobre la utilidad social que tiene el poder de las ‘R’ -reducir, reutilizar, reciclar, recuperar…-. En suma, tener en consideración que los residuos son, y han de ser, recursos.

La economía circular transmite la idea de que es posible generar actividad económica que no sólo no destruya el planeta, sino que ayude a regenerarlo. En esta transición de modelos, un elemento transversal a trabajar es el de I+D+I, donde el tema fiscal se hace vital.

El cambio de modelo ha de servirse de la fiscalidad ambiental, suponiendo a ésta como uno de los principales instrumentos económicos para la protección del medio ambiente. También considerándola como una gran aliada en la que apoyarse, al ser los tributos fuente incentivadora de los cambios en la conducta de productores y consumidores hacia una menor generación de residuos.

En este sentido, a la vez que esta fiscalidad supone un incentivo permanente hacia conductas más respetuosas -ya que, si se modifica el comportamiento, disminuye la carga fiscal-, lo hace también hacia la innovación -nuevas formas de producción, transporte y consumo-. Asimismo, se pone en práctica, igualmente, el principio de “quien contamina paga”.

Vistas las múltiples ventajas que presentan los tributos para la protección del medio ambiente, encontramos en este ámbito diversos tipos de Impuestos: los pedagógicos -como el de las bolsas de plástico, cuya recaudación ha ido bajando a medida que se ha ido cumpliendo el fin pretendido, restauradores -p. ej., la imposición sobre Turismo sostenible-, o por generación -como la tasa de basuras o por uso de vertedero, que tienen una afectación total a la reinversión en la gestión de los residuos-; entre otros. También encontramos beneficios fiscales relacionados con el fomento de uso de puntos limpios y compostaje.

En este contexto, y a pesar de que el legislador es reacio a la implantación de incentivos fiscales por los problemas de control que éstos conllevan, se plantean diversas propuestas fiscales. Algunas podrían conllevar la reconfiguración de la deducción de I+D en consideración de la economía circular; la recuperación de la deducción por inversiones medioambientales; exenciones en IVA a productos reparados o reutilizados; tipos reducidos de IVA a bienes según criterios ambientales; o la aprobación de la ley estatal marco de fiscalidad ambiental. Este conjunto de medidas podría allanar el camino a la anunciada reforma fiscal verde.

Un gran paso para la defensa del medioambiente y de nuestro planeta supone el reciente auto, sin precedentes, de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, de fecha 13 de marzo de 2019. El auto establece que una organización medioambiental sin ánimo de lucro, como consecuencia de la aplicación de las leyes en materia de medio ambiente, queda eximida del pago de costas judiciales.

En definitiva, se hace necesario reflexionar acerca del enfoque de gravamen, debiéndose orientar hacia el de los recursos no sostenibles (actuando, así, la fiscalidad como revulsivo de los mismos), y aliviando o eliminando, a su vez, las cargas de los recursos renovables (conservación/sostenibilidad ambiental). No podemos olvidar que la fiscalidad ambiental tiene un papel fundamental en la transición hacia la economía circular.

Fuente: EXPANSIÓN

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