Se aprueba el Reglamento de asignación gratuita de derechos de emisión para el periodo 2021-2030

Posted by aclimaadmin | 09/01/2019 | Sektoreari buruzko albisteak

El pasado 19 de diciembre, la Comisión Europea aprobaba y publicaba en su web el nuevo Reglamento delegado por el que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión para el periodo 2021-2030 que sustituye a la Decisión 211/278/UE.

En este nuevo Reglamento se establecen las bases y los nuevos requisitos de la asignación gratuita para el periodo 2021-2030. En términos generales, los aspectos del procedimiento de asignación gratuita se mantienen similares a los de la Fase III. Así, al igual que en la fase 2013-2020, la asignación gratuita tendrá que ser solicitada y verificada, junto con el nivel de actividad. Asimismo, se mantiene el sistema de subinstalaciones, aunque con mejoras técnicas; se introduce una nueva subinstalación de district heating o calefacción urbana y también se mantiene el sistema de Benchmarks (54 de producto, 1 de calor, 1 de combustible, 1 de emisiones de proceso y se incluye 1 de district heating.)

Sin embargo, este nuevo Reglamento también trae algunos cambios importantes, entre ellos, la división de la asignación gratuita en 2 periodos: 2021-2025 y 2026-2030. Así, el cálculo del HAL (nivel histórico de actividad) en cada periodo se realizará en base a la media aritmética de los 5 años del periodo de referencia (2014-2018 para el primer periodo y 2019-2023 para el segundo periodo). Además, surge un nuevo documento denominado Monitoring Methodology Plan, que englobará información sobre subinstalaciones y flujos de energía. Este documento al igual que la solicitud de asignación, deberá ser verificado y aprobado por la autoridad competente.

En cuanto a las fechas de presentación de estos documentos, el plazo indicado para el periodo 2021-2025 según el Reglamento, puede ser desde el 30 de abril hasta el 30 de junio, quedando en manos de lo que decida cada Estado Miembro. En el caso de España, se prevé que esta fecha sea el 31 de mayo, la cual está pendiente de la aprobación del Real Decreto que fije esta fecha.

Al contrario que en la fase anterior, la documentación que se presente no contemplará la cantidad de derechos solicitados, puesto que los Benchmark no se publicarán hasta 2020.

Este Reglamento, aprobado por la Comisión Europea y publicado en su web, no entrará en vigor hasta el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, que se espera de forma inmediata.

Fuente: FACTOR

 

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