Innobideak-Kudeabide 2016

Posted by aclimaadmin | 07/04/2016 | Ayudas y subvenciones
Innobideak-Kudeabide 2016
Innobideak-Kudeabide 2016
Nombre ANUNCIO relativo a la Resolución de la Dirección General de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Societatea, S.A. (SPRI), de fecha 22 de marzo de 2016 por la que se aprueba la normativa que regirá el Programa «Innobideak-Kudeabide 2016».
Organismo convocante SPRI
Plazo de Presentación El plazo de presentación de las Solicitudes de Ayuda será desde las 09.00 horas (hora peninsular española) del día siguiente a la publicación de la presente normativa en el Boletín Oficial del País Vasco hasta las 15:00 horas (hora peninsular española) del día 28 de septiembre de 2016.
Objeto La presente norma reguladora establece las condiciones y el procedimiento de acceso al Programa Kudeabide para todas las empresas que realicen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones (TIC) de la Comunidad Autónoma del País Vasco de al menos 50 empleos que deseen desarrollar un proyecto de Consolidación en Gestión Avanzada (fase 2B).

Sólo serán aprobados aquellos proyectos de Consolidación en Gestión Avanzada (fase 2B) que estén alineados con los resultados del Informe de Contraste Inicial desarrollado con el apoyo de Euskalit o debidamente encuadrados y justificados dentro de un Diagnóstico de Gestión equivalente al Contraste Inicial presentado por la empresa.

Empresas beneficiarias
  •  Dispongan de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, centro en el que el proyecto desarrollado deberá tener impacto.
  •  Realicen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este factor será valorado conforme al certificado de situación de alta en el correspondiente IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  •  Posean una plantilla media de al menos 50 empleos en el periodo de 12 meses previos a la presentación de la solicitud de subvención. El número de empleos es en equivalentes anuales a jornada completa. Se considera perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Estas condiciones deberán mantenerse en el momento de solicitud y durante todo el periodo de ejecución del proyecto y hasta la liquidación total del mismo.
  •  Dispongan del correspondiente Informe de Contraste Inicial de Gestión Avanzada elaborado por Euskalit o de un Diagnóstico de Gestión en el que quede debidamente encuadrado y justificado el proyecto solicitado.
Actuaciones subvencionables Los proyectos subvencionables deberán orientarse a la mejora de la gestión empresarial en base al desarrollo de actuaciones contempladas en el Modelo de Gestión Avanzada de referencia. Los proyectos que se presenten deberán centrarse en las áreas de mejora especificadas en el Informe de Contraste Inicial elaborado por Euskalit o en el Diagnóstico de Gestión, atendiendo a las recomendaciones establecidas en dichos documentos.

Tendrán la condición de actuaciones subvencionables el desarrollo de Proyectos de Consolidación (fase 2B) que den respuesta al Informe de Contraste Inicial de Gestión Avanzada o al Diagnóstico de Gestión, dirigidos a la aplicación e implantación de metodologías y herramientas, que permitan avanzar a la empresa y mejorar en los siguientes ámbitos:

  • a) Estrategia
  • b) Clientes
  • c) Personas
  • d) Sociedad
  • e) Innovación
  • f) Resultados

A cada convocatoria del presente Programa para la realización de Proyectos de Consolidación en Gestión Avanzada (fase 2B) sólo podrá presentarse una solicitud por empresa.

La ejecución de los proyectos deberá comenzar con posterioridad a la presentación electrónica de la Solicitud de Ayuda, dentro del año natural, así como realizarse antes del plazo de doce meses contados a partir de la fecha declarada de inicio del proyecto y, en cualquier caso, finalizándose el proyecto antes del 13 de octubre de 2017.

No serán financiables las actuaciones que tengan cabida en otros programas de SPRI o del Gobierno Vasco orientados al apoyo al despliegue de acciones de internacionalización, inversión, I+D, Sociedad de la Información, etc. (como por ejemplo: Global Lehian, Gauzatu, Hazitek, Basque Industry 4.0, Industria digitala, Innobideak-Lehiabide, Innobideak Pertsonak).

Más Información Boletín Oficial del País Vasco – N.º 65, jueves 7 de abril de 2016

Posts Relaccionados

Posted by aclimaadmin | 26 marzo 2024
El objetivo es apoyar a empresas industriales y de servicios conexos para fomentar inversiones en instalaciones productivas, nuevas y/o existentes, que permitan reducir las emisiones de gases de efecto invernadero...
Posted by aclimaadmin | 26 marzo 2024
El Consejo de Gobierno ha autorizado el gasto de 20.000.000 €, para la financiación del PROGRAMA INDARTU 2024. El programa tiene como objetivo subvencionar a empresas que realicen inversión productiva...
Posted by aclimaadmin | 21 marzo 2024
El objeto de la presente Resolución es convocar para 2024 las subvenciones del Programa de Bonos Agenda 2030, destinadas a las entidades que reuniendo los requisitos establecidos en el Decreto...