Innobideak-Pertsonak 2016

Posted by aclimaadmin | 07/04/2016 | Ayudas y subvenciones
Innobideak-Pertsonak 2016
Innobideak-Pertsonak 2016
Nombre ANUNCIO relativo a la Resolución de la Dirección General de la Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. (SPRI), de fecha 22 de marzo de 2016 por la que se aprueba la normativa que regirá el Programa «Innobideak-Pertsonak 2016».
Organismo convocante SPRI
Plazo de Presentación El plazo de presentación de las Solicitudes de Ayuda será desde las 09:00 horas (hora peninsular española) del día siguiente a la publicación de la presente normativa en el Boletín Oficial del País Vasco hasta las 15:00 horas (hora peninsular española) del día 28 de septiembre de 2016.
Objetivo Tiene como objetivo impulsar la participación de las personas trabajadoras en la empresa, como elemento clave para la mejora de la competitividad y la cohesión social del territorio.

En las organizaciones diferenciamos tres niveles para el ejercicio de la participación: en Gestión, en los Resultados o en la Propiedad, las cuales, en la práctica, están íntimamente relacionadas y muchas veces la evolución de una de ellas lleva a la práctica de otra.

Objeto El presente Programa tiene por objeto apoyar el desarrollo de actuaciones de mejora competitiva en las empresas con centro de actividad en el País Vasco, a través de acciones dirigidas a la participación de las personas trabajadoras en la empresa que incluyan los tres elementos siguientes:

  •  Diagnóstico Inicial,
  •  Diseño de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa y
  •  Acompañamiento en la implantación de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa.
Entidades beneficiarias
  •  Dispongan de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Centro en el que el proyecto desarrollado deberá tener impacto.
  •  Realicen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este factor será valorado conforme al certificado de situación de alta en el correspondiente IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  •  Posean una plantilla media de, al menos, 20 empleos, en el periodo de 12 meses previo a la presentación de la solicitud de subvención. El número de empleos es en equivalentes anuales a jornada completa. Se considera perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Actividades subvencionables
  •  La participación de las personas trabajadoras en la empresa que incluyan los tres elementos siguientes: (1) Diagnóstico Inicial, (2) Diseño de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa y (3) Acompañamiento en la implantación de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa.
  •  El «Acompañamiento en la implantación de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa».
  •  En la presente convocatoria del Programa la empresa sólo podrá ser beneficiaria de un proyecto.
  •  La ejecución de los proyectos del apartado 1.a – «Acciones dirigidas a la participación de las personas trabajadoras en la empresa que incluyan los tres elementos siguientes: (1) Diagnóstico Inicial, (2) Diseño de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa y (3) Acompañamiento en la implantación de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa» deberá comenzar con posterioridad a la presentación electrónica de la Solicitud de Ayuda, dentro del año natural de la convocatoria, así como realizarse antes del plazo de doce meses contados a partir de la fecha de inicio del proyecto y, en cualquier caso, finalizándose el proyecto antes del 13 de octubre de 2017.
  •  Los proyectos del apartado 1.b – «Acompañamiento en la implantación de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa» deben disponer de un Diagnóstico y/o Plan de Participación de las personas trabajadoras en la empresa realizado por la empresa, internamente o con el apoyo de entidades externas especialistas, y estar documentados.
  •  La ejecución de los proyectos del apartado 1.b de «Acompañamiento en la implantación de Planes de Participación de las personas trabajadoras en la empresa» deberá comenzar con posterioridad a la presentación electrónica de la Solicitud de Ayuda, dentro del año natural de la convocatoria, así como realizarse antes del plazo de ocho meses contados a partir de la fecha de inicio del proyecto y, en cualquier caso, finalizándose el proyecto antes del 13 de octubre de 2017.
  • 6 Los proyectos deberán ser ejecutados e implantados al menos en el/los centros de actividad del País Vasco.
Más Información Boletín Oficial del País Vasco – N.º 65, jueves 7 de abril de 2016

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