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25 Jun 2026
Noticias del sector

El Consejo de Europa acuerda una postura sobre la necesidad de normas de transparencia más sencillas para los productos financieros sostenibles

El Consejo ha acordado hoy su posición negociadora sobre un marco actualizado de transparencia en materia de sostenibilidad para los productos financieros vendidos en la UE. El objetivo es aliviar las cargas administrativas y ayudar a los inversores a comprender y comparar mejor los productos financieros relacionados con la sostenibilidad.

Esto ayudará a desplegar mejor las inversiones n favor de la sostenibilidad, la competitividad y otros objetivos políticos estratégicos de la Unión.

La revisión actualiza el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros ya existente, que exige a los participantes en el mercado que divulguen cómo integran los riesgos en materia de sostenibilidad ambiental, social y de gobernanza (ASG) y los efectos adversos en sus ofertas de inversión.

La revisión mejorará las normas actuales mediante la introducción de tres nuevas categorías de productos financieros, así como los criterios que deben utilizarse para definirlas:

  • sostenibles: productos que contribuyen a los objetivos de sostenibilidad, como inversiones en empresas o proyectos que ya cumplen normas estrictas;
  • en transición: productos que canalizan inversiones hacia empresas o proyectos que, aunque aún no son sostenibles, se encuentran en una senda creíble;
  • aspectos de ASG básicos: otros productos que pueden integrar enfoques de ASG, pero que no cumplen los criterios de las categorías «sostenible» o «en transición»;

Estas categorías sustituirían a los conceptos existentes en el marco que se ha demostrado que dan lugar al blanqueo ecológico, casos en los que las empresas dan una falsa impresión de sus efectos o beneficios medioambientales. Al mismo tiempo, la estructura de divulgación propuesta ayudaría a los participantes en los mercados financieros a reducir drásticamente su carga administrativa.

Principales modificaciones introducidas por el Consejo

En general, el Consejo ha acogido con satisfacción los cambios propuestos en el Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, ya que el marco actual requería claridad, coherencia y armonización con otros esfuerzos de la UE en materia de finanzas sostenibles y con las expectativas de los mercados.

La posición del Consejo refuerza las categorías de «sostenible» y «en transición» al estipular que, cuando las empresas detecten y divulguen los principales efectos adversos de sus inversiones en los factores de sostenibilidad — una de las condiciones que deben incluirse en estas categorías de inversión—, deben hacer obligatorio el uso de al menos tres indicadores de una lista que facilitará la Comisión Europea para apoyar sus alegaciones. Esto debería permitir una mejor comparabilidad entre productos financieros.

Para reconocer su importante papel y contribución a la transición, la posición del Consejo aclara que puede considerarse la inclusión en la categoría de «en transición» de las inversiones en empresas activas en el sector de los combustibles fósiles que asignen el 20 % de sus gastos de capital a actividades económicas que se ajusten a las normas de la taxonomía de la UE (clasificación ecológica) y con una estrategia clara y con plazos definidos para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Para aumentar la transparencia, estas inversiones también deben estar sujetas a un cuarto indicador obligatorio a la hora de evaluar los efectos adversos.

Las emisiones de uso general por parte de organismos del sector público representan una parte significativa del universo de inversión de muchos participantes en los mercados financieros, en particular los productos financieros en los sectores de los seguros y las pensiones. Reconociendo el marco establecido de compromisos climáticos y de sostenibilidad a escala de la UE, que permite evaluar de manera significativa su compatibilidad con los objetivos de sostenibilidad, el Consejo propone permitir explícitamente la inclusión de dichas emisiones por parte de organismos establecidos en la Unión en la categoría «en transición» en determinadas condiciones.

Por último, a fin de reducir las cargas administrativas, el mandato del Consejo permite a los participantes en los mercados financieros no aplicar las disposiciones de categorización para los fondos de inversión alternativos ofrecidos exclusivamente a inversores profesionales, dado que dichos inversores no necesitan el mismo nivel de información normalizada que debe ponerse a disposición de los inversores minoristas.

Siguientes etapas

La posición negociadora aprobada hoy es el mandato del Consejo para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo sobre la versión actualizada del Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, una vez que el Parlamento haya acordado su posición correspondiente.

Contexto

El Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros se aplica desde marzo de 2021. Al establecer la forma en que los participantes en los mercados financieros deben divulgar información en materia de sostenibilidad, el marco ayuda a los inversores que deseen invertir su dinero en empresas y proyectos que apoyen los objetivos de sostenibilidad a tomar decisiones con conocimiento de causa. El Reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros también está diseñado para permitir a los inversores evaluar adecuadamente cómo se integran los riesgos de sostenibilidad en el proceso de decisión de inversión.

Tras una revisión exhaustiva del Reglamento por parte de la Comisión, se ha puesto de manifiesto que, con el marco actual, la información divulgada resulta demasiado extensa y compleja y, en consecuencia, se hace difícil para los inversores comprender y comparar las características medioambientales o sociales de los productos financieros. Además, el Reglamento se ha acabado utilizando como un sistema de etiquetado de facto, lo que no solo ha generado confusión, en particular para los inversores minoristas, sino que también ha aumentado el riesgo de blanqueo ecológico y de venta abusiva. Como resultado, el Reglamento no ha cumplido plenamente su objetivo de contribuir a que el sector financiero de la UE asigne capital a las prioridades de Europa en el ámbito de la sostenibilidad.

Fuente: Consejo de Europa

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