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07 May 2026
Ayudas y subvenciones

Convocatoria del año 2026 del programa de subvenciones «Enpresak Hobetzen», focalizado en mejora del área productiva, el área comercial y el área financiera. Diputación Foral de Gipuzkoa

Convocatoria del año 2026 del programa de subvenciones «Enpresak Hobetzen».

El Consejo de Gobierno Foral adoptó el siguiente acuerdo en su reunión de 14 de abril de 2026, aprobando la rectificación de la convocatoria en su reunión de 28 de abril de 2026.

El Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos, en coherencia con el Plan Estratégico de la Diputación Foral 2024-2027 donde se apuesta por un modelo de desarrollo económico y social para Gipuzkoa, desde su rol de anticipación, proponente e impulsor, debe contribuir a promover una economía orientada al bienestar, promotora de la triple sostenibilidad (económica, social y medioambiental), competitiva e innovadora, y generadora de oportunidades, a través del diseño y aplicación de políticas económicas y sociales. En definitiva, promover un territorio, Gipuzkoa, que genere riqueza y valor y refuerce el talento, con un tejido económico que renueve y genere oportunidades para hoy y para mañana.

Uno de los objetivos estratégicos del Plan 2024-2027 es promover capacidades y oportunidades competitivas mediante la consolidación y/o transformación de los sectores económicos y la promoción de nuevos. En este marco, se diseñó el programa de subvenciones Enpresak Hobetzen, el cual responde a esta meta mediante el impulso y el apoyo a la implantación de sistemáticas y metodologías que redunden en la mejora de la gestión de las empresas, en particular de las pequeñas empresas y las PYMEs, que son las más vulnerables ante las dificultades y las que cuentan con menos recursos para hacerles frente.

La mejora de la gestión empresarial se configura como una herramienta fundamental para lograr el máximo potencial de las empresas; y, supone un esfuerzo continuo vital para mantener la competitividad y satisfacer las cambiantes demandas de los clientes. Implica aumentar la eficacia operativa, mejorar la calidad del producto, reducir costos y aumentar la satisfacción del cliente mediante el análisis sistemático y la mejora de los procesos empresariales.

En este contexo, el programa Enpresak Hobetzen tiene como objetivo impulsar la mejora en la gestión, focalizando los esfuerzos en tres áreas específicas como son el área productiva, el área comercial y el área financiera,

El programa Enpresak Hobetzen se articula en torno a tres líneas de ayuda:

—Mejora de los procesos productivos en las empresas.

A través de esta linea se pretende optimizar los procesos de producción en las empresas a través de la implementación de metodologías y herramientas de gestión para mejorar la eficiencia de las operaciones y reducir los costos, e incrementar con ello la competitividad de las empresas.

—Mejora e implantación de estrategias comerciales en las empresas.

En un mercado donde el cambio es una constante, contar con una estrategia comercial bien diseñada resulta esencial para el éxito de cualquier empresa. En este sentido, la mejora de las actuales estrategias y el diseño e implementación de nuevas estrategias comerciales se configura como objetivo de la presente línea de ayuda.

—Mejora de la gestión económico-financiera en las empresas.

Para los propietarios de pequeñas empresas, gestionar las finanzas de forma adecuada es fundamental, pero también puede ser un desafío. Llevar a cabo una correcta gestión financiera, que incluya análisis de la rentabilidad de sus productos, la revisión y el análisis periódico de los estados financieros, resulta fundamental para la buena marcha de la empresa, y para mantener su competitividad.

El programa Enpresak Hobetzen constituye, por tanto, un instrumento estratégico de apoyo a la mejora de la gestión de las empresas, reforzando la competitividad empresarial, y garantizando la continuidad de las empresas en el territorio.

Es por ello, que a la vista de la valoración positiva de la dinámica desarrollada hasta el momento, se considera oportuno continuar con esta apuesta estratégica.

En la convocatoria de 2026 serán de aplicación las bases reguladoras aprobadas por el Consejo de Gobierno Foral de 25 de marzo de 2025, publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 69, de 10 de abril de 2025.

La presente línea de subvención se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 (PES).

En su virtud, a propuesta del diputado foral del Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos, previa deliberación, el Consejo de Gobierno Foral

ACUERDA

Primero.    Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026 de las de las subvenciones del programa «Enpresak Hobetzen», que se acompaña como anexo al presente acuerdo.

Segundo.    Autorizar un gasto por importe de 2.400.000 euros para hacer frente a esta convocatoria, distribuidos entre los siguientes ámbitos de actuación y partidas de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa 2026:

Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para apoyar la mejora de los procesos productivos en las empresas: 1.000.000 €.

—1.0510.100.470.00.07 2026: 686.000 €.

—1.0510.100.770.00.05 2026: 14.000 €.

—5.0510.100.470.00.07 2027: 294.000 €.

—5.0510.100.770.00.05 2027: 6.000 €.

Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para apoyar la mejora e implantación de estrategias comerciales en las empresas: 700.000 €.

—1.0510.100.470.00.21 2026: 490.000 €.

—5.0510.100.470.00.21 2027: 210.000 €.

Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para apoyar la mejora de la gestión económico-financiera en las empresas: 700.000 €.

—1.0510.100.470.00.15 2026: 490.000 €.

—5.0510.100.470.00.15 2027: 210.000 €.

El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.

Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

San Sebastián, a 30 de abril de 2026.—El secretario técnico del Departamento. (2932)

ANEXO

Convocatoria 2026 de las ayudas del programa «Enpresak Hobetzen».

1.    Objeto y bases reguladoras.

Convocar para el año 2026 las subvenciones del programa «Enpresak Hobetzen».

Las bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones del programa «Enpresak Hobetzen» son las aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 25 de marzo de 2025, publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 69, de 10 de abril de 2025.

2.    Financiación.

2.1.    La cuantía total de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de 2.400.000 euros, con cargo a las siguientes partidas:

a)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para apoyar la mejora de los procesos productivos en las empresas: 1.000.000 €.

—1.0510.100.470.00.07 2026: 686.000 €.

—1.0510.100.770.00.05 2026: 14.000 €.

—5.0510.100.470.00.07 2027: 294.000 €.

—5.0510.100.770.00.05 2027: 6.000 €.

b)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para apoyar la mejora e implantación de estrategias comerciales en las empresas: 700.000 €.

—1.0510.100.470.00.21 2026: 490.000 €.

—5.0510.100.470.00.21 2027: 210.000 €.

c)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para apoyar la mejora de la gestión económico-financiera en las empresas: 700.000 €.

—1.0510.100.470.00.15 2026: 490.000 €.

—5.0510.100.470.00.15 2027: 210.000 €.

2.2.    El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia, por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.

3.    Requisitos de las entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias las entidades que se mencionan en la base 2.ª de las bases reguladoras generales.

4.    Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, y finalizará a las 13:00 horas del 24 de junio de 2026.

5.    Plazo de inicio y ejecución de las actuaciones.

Las actuaciones objeto de la subvención deben iniciarse a partir de la presentación de la solicitud de ayuda.

Las actuaciones se concluirán antes del 1 de junio de 2027.

6.    Documentación que acompaña a la solicitud.

6.1.    Junto con la solicitud, se presentará la siguiente documentación:

a)    Declaración responsable, conforme al modelo que se incluye en el anexo o en la solicitud telemática, de no hallarse incursa en cualesquiera de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ni de estar sometidas a ninguno de los supuestos de prohibición previstos en el artículo 23, apartado 2.º del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia machista contra la Mujer aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba. Y, en su caso, sobre ayudas «de minimis» recibidas por la empresa en los 3 años precedentes.

b)    Declaración, en su caso, de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, indicando las subvenciones que resulten incompatibles con las solicitadas.

c)    Presupuesto detallado del proyecto. No se presentarán gastos inferiores a 300 euros.

d)    Memoria del proyecto, que contenga los objetivos del mismo y la descripción de las fases, actividades o tareas necesarias para alcanzarlos. La memoria contendrá un planing en el que consten las fechas de inicio y finalización. Se especificarán las personas que trabajarán en el proyecto y su perfil y experiencia, así como los recursos necesarios para ejecutarlo. Se definirán, asimismo, los resultados que se espera alcanzar con la realización de la actuación a financiar.

Además, para la valoración de los anexos II y III, en el caso de que exista un diagnóstico previo, se adjuntará copia del mismo.

Se aportará toda la información necesaria para la valoración establecida en la base 5.ª del anexo correspondiente a cada una de las líneas de ayuda. La valoración se realizará con la información aportada en la solicitud.

e)    Descripción de la empresa. Se describirá brevemente la actividad que desarrolla la empresa y se incluirá el número de personas que trabajan en la misma y los datos económicos correspondientes.

Para la comprobación del número de personas empleadas: certificado de plantilla media de empleos en situación de alta correspondiente a los 12 meses previos a la presentación de la solicitud de ayuda, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

En el caso de entidades cooperativas, certificado de la entidad colaboradora con la Seguridad Social que acredite el número medio de empleos correspondiente a los socios de la entidad solicitante.

En el caso de trabajadores autónomos, los boletines de cotización correspondientes al Régimen de Autónomos, correspondientes al último mes anterior al momento de la presentación de la solicitud.

f)    Copia de la oferta emitida por las personas o empresas de consultoria externa y de asistencia técnica. En este documento deberán estar especificados los distintos contenidos del trabajo a realizar por la misma.

En el caso de que el importe de la citada oferta sea igual o superior a 15.000,00 €, documentación acreditativa de la elección realizada entre las tres ofertas solicitadas, de acuerdo con lo previsto en la base reguladora 14.2 d).

6.2.    El Departamento Promoción Económica y Proyectos Estratégicos verificará, a través de plataformas corporativas, de intermediación (Nisae, nodo de interoperabilidad y seguridad de las administraciones de Euskadi) o de acceso público, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y en su caso, los datos de los epígrafes del IAE en situación de alta.

Podrán manifestar en la solicitud su oposición expresa a la verificación automática, en cuyo caso deberán aportar las correspondientes certificaciones.

7.    Plazo de resolución de las solicitudes y notificación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión o, en su caso, de denegación, será de 6 meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Dicha resolución se notificará individualmente a cada solicitante, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa en los términos del artículo 17 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

La entidad beneficiaria dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir de la fecha de notificación para aceptar la subvención que se entenderá tácitamente aceptada si no existe comunicación expresa en contrario.

Las entidades que, aun reuniendo las condiciones administrativas y técnicas para adquirir la condición de beneficiarias, no hayan obtenido subvención por haberse agotado el crédito presupuestario, quedarán en lista de espera para el caso en que algunas de las subvenciones concedidas quedaran sin efecto por renuncia.

Más información: Boletín Oficial de Gipuzkoa

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