Diputación Foral de Gipuzkoa: Subvenciones destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de gestión de residuos para la ejecución de actuaciones que contribuyan a la prevención y corrección de focos de acumulación de basuras dispersas. Convocatoria 2025
Bases reguladoras y convocatoria de 2025 de las subvenciones destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de gestión de residuos para la ejecución de actuaciones que contribuyan a la prevención y corrección de focos de acumulación de basuras dispersas.
El Consejo de Gobierno Foral ha adoptado el siguiente acuerdo en su reunión de 18 de febrero de 2025:
«Los vertidos de basura en el medio marino son un problema global que está en aumento y requiere de la toma de medidas que permitan revertir el problema. La Agencia Europea del Medioambiente (EEA) estima que cada año en torno a 10 millones de toneladas de basuras van a parar a los mares y océanos del mundo. Así mismo, se estima que aproximadamente el 80 % proviene de tierra, en gran medida por una falta de concienciación pública que genera un vertido incontrolado de los residuos que terminan en los cursos fluviales, alcanzando finalmente los mares y océanos.
Conscientes de la situación del entorno que nos rodea y la necesidad de actuar, la Norma Foral 6/2019, de 20 de marzo, por la que se aprueba el Plan Integral de Gestión de Residuos Urbanos de Gipuzkoa 2019-2030, incorpora en su programa de prevención de residuos una línea de actuación enfocada a la prevención y reducción de la basura dispersa en el medio ambiente, concretamente, al análisis de focos de procedencia de la basura dispersa, definición y desarrollo de un paquete de medidas de prevención y reducción de basura en entornos costero, fluvial y terrestres.
Asimismo, la denominada Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en septiembre de 2015 en el seno de Naciones Unidas y firmada por 193 países, se compromete a adoptar medidas audaces y transformativas que se necesitan urgentemente para reconducir al mundo por el camino de la sostenibilidad y la resiliencia. La Agenda 2030 identifica como algunos de los elementos en los que incidir para lograr dicha transformación, la reducción y el reciclado de los desechos y prevenir, detener y revertir la degradación de los ecosistemas.
En este marco corresponde a la Diputación Foral de Gipuzkoa, dentro de sus competencias, establecer y desarrollar una política propia en pos de un desarrollo más sostenible de Gipuzkoa, así como prestar apoyo a las entidades locales que realicen actuaciones que contribuyan a dicho objetivo.
La Dirección General de Transición Ecológica de la Diputación Foral de Gipuzkoa lleva muchos años apoyando a las entidades locales en la financiación de planes y proyectos de medio ambiente y sostenibilidad, a través de la convocatoria anual de varias líneas de subvenciones, líneas que se han ido diversificando con el tiempo, tanto en temáticas como en los tipos de entidades receptoras de las subvenciones.
Mediante informe técnico de fecha 26 de enero emitido por los servicios técnicos de la Dirección General de Transición Ecológica se justifica la necesidad de aprobar las bases reguladoras y convocatoria de estas subvenciones.
Por todo ello, la Dirección General de Transición Ecológica ha creído oportuno y necesario continuar con la línea empezada en 2021 y seguir impulsándola en 2025, para lo cual se propone aprobar las bases reguladoras (anexo I) de las subvenciones destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de gestión de residuos para la ejecución de actuaciones que contribuyan a la prevención y corrección de focos de acumulación de basuras dispersas del territorio, y rea li zar la convocatoria correspondiente al año 2025 (anexo II) con un importe total de 125.000 euros.
Además, esta línea de subvenciones incorpora la perspectiva de género para promover la igualdad entre mujeres y hombres, a través de los criterios de valoración, y de las obligaciones de las personas físicas o jurídicas beneficiarias que vienen establecidas en las bases reguladoras.
Las subvenciones recogidas en la propuesta de acuerdo no constituyen ayuda de estado en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y se ajustan a la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de Subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y a lo dispuesto en el Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Norma Foral.
Esta línea de subvención se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 (PES), aprobado por el Consejo de Gobierno Foral de 5 de noviembre de 2024, sin perjuicio de su actualización conforme a la Norma Foral 4/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025.
Conforme al artículo 16.1 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, corresponde al Consejo de Gobierno Foral la competencia para la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas.
Por todo lo expuesto, el Consejo de Gobierno Foral, a propuesta del diputado foral del Departamento de Sostenibilidad y previa deliberación, ACUERDA
Primero. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de gestión de residuos para la ejecución de actuaciones que contribuyan a
la prevención y corrección de focos de acumulación de basuras dispersas, que se adjuntan como anexo I al presente acuerdo.
Segundo. Aprobar la convocatoria de 2025 de las subvenciones destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de gestión de residuos para la ejecución de actuaciones que contribuyan a la prevención y corrección de focos de acumulación de basuras dispersas del Territorio, que se adjuntan como anexo II al presente acuerdo.
Tercero. Autorizar un gasto por importe de 125.000 euros para hacer frente a la convocatoria del año 2025 con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:
— 1.0210.150.461.06.01.2025.
— 1.0210.150.461.01.03.2025.
El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria.
Cuarto. Las bases reguladoras aprobadas por el presente acuerdo producirán efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.
Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá ser interpuesto, directamente el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.
No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.»
Lo que se publica para conocimiento general.
Más información: Boletín Oficial de Gipuzkoa