Ayudas a empresas para inversiones en medio ambiente 2020

Posted by aclimaadmin | 25/06/2020 | Grands and Subsidies

El objeto de la Orden es convocar, para el ejercicio 2020, las subvenciones a empresas para la realización de inversiones, en el ámbito de a Comunidad Autónoma del País Vasco, destinadas a la protección del medio ambiente, conforme a lo establecido en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente, (BOPV Nº212/ 2015), en las siguientes líneas:

a) Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión.

b) Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión.

c) Ayudas para estudios medioambientales.

d) Ayudas a la inversión para el reciclado y reutilización de residuos generados por terceros, si se cumplen las siguientes condiciones acumulativas:

  • La inversión se destina a reducir los residuos generados por otras empresas.
  • En otras circunstancias, los materiales reciclados o reutilizados tratados serían eliminados o tratados de manera menos respetuosa con el medio ambiente.
  • Las ayudas no liberarán indirectamente a las personas responsables de la contaminación de una carga que deba ser soportada por aquellas con arreglo a la legislación de la Unión, o de una carga que deba considerarse un coste empresarial normal.
  • La inversión no tiene como único efecto aumentar la demanda de materiales para reciclado sin aumentar la recogida de tales materiales.
  • La inversión irá más allá del estado actual de la técnica.

e) Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados cuando no se pueda identificar a la persona responsable de la contaminación o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la rehabilitación de conformidad con el principio «quien contamina paga».

f) Ayudas a las PYMEs para servicios de asesoramiento en materia de medio ambiente.

Las subvenciones que se convocan en la Orden se adjudicarán mediante los siguientes procedimientos:

  • Procedimiento ordinario: concurrencia competitiva y cuantificación por prorrateo. En el procedimiento ordinario se apoyarán las líneas subvencionales recogidas en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo 2 de la presente Orden. En este procedimiento únicamente se subvencionarán aquellos proyectos que alcancen o superen la puntuación mínima regulada en el artículo 12 de la presente Orden.
  • Procedimiento simplificado: concurrencia no competitiva.En el procedimiento simplificado se apoyarán las líneas subvencionales establecidas en los apartados a), b), c), d), e) y f) del artículo 2 de la presente Orden. En este procedimiento la asignación presupuestaria disponible para cada línea se dividirá entre el número de solicitudes admitidas, sin superarse en ningún caso el porcentaje máximo de inversión fijado por el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente, ni el importe máximo de ayuda que se establece en la presente Orden.

Las subvenciones contempladas en las líneas previstas en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo 2 de la presente Orden se adjudicarán, en función del importe de la inversión del proyecto para el que se soliciten, bien mediante un procedimiento ordinario o bien mediante un procedimiento simplificado.

Dotación presupuestaria

890.000 (euro)

Prestación económica

El importe total de la dotación presupuestaria para la presente convocatoria de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente asciende a dos millones (2.000.000) de euros, que se desglosarán del siguiente modo:

– Un millón ciento diez mil (1.110.000) euros para los proyectos adjudicados por el procedimiento ordinario.

– Ochocientos noventa mil (890.000) euros para los proyectos adjudicados por el procedimiento simplificado.

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