DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 58/2017, de 2 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras y primera convocatoria del Programa para la competitividad e innovación colaborativa Elkarlanean 2017
Organismo convocante
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Plazo de Presentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 8 de mayo de 2017 y finalizará a las 13:30 horas del día 26 de mayo de 2017, independientemente de la vía de presentación.
Objetivo
COLABORACIÓN INTEREMPRESARIAL:
El desarrollo de proyectos de innovación en colaboración, a riesgo compartido, entre las empresas consorciadas.
La realización de estudios sobre la viabilidad técnica, económica y legal de aquellas oportunidades de negocio innovadoras identificadas de manera cooperativa entre varias empresas.
COLABORACIÓN ORGANISMOS INTERMEDIOS:
Dada la importancia de activar las labores de sensibilización y las tareas previas necesarias para favorecer la cultura de la colaboración, el objetivo de este capítulo es fomentar la acción conjunta entre organismos intermedios para aumentar la eficacia de las actividades de promoción de la innovación en cooperación.
Beneficiarios
COLABORACIÓN INTEREMPRESARIAL:
Empresas con personalidad jurídica propia cuya actividad principal se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria, Turismo y Comercio al por mayor Se entenderá que las entidades participantes en el proyecto son beneficiarias cuando se cumplan las condiciones siguientes:
Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Tener una plantilla entre 5 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.
COLABORACIÓN ORGANISMOS INTERMEDIOS:
Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y entidades locales, así como sociedades mercantiles dependientes de entidades locales entre cuyos principales fines esté el impulso de la colaboración entre empresas, que presenten solicitud conjunta de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 15 del presente Decreto Foral.
Hecho subvencionable
COLABORACIÓN INTEREMPRESARIAL:
Proyectos de innovación en colaboración, tanto tecnológica como no tecnológica, coherentes con las estrategias de negocio de las entidades .
El análisis de la viabilidad de oportunidades de negocio identificadas de manera cooperativa entre varias empresas que puedan dar lugar a proyectos de innovación.
COLABORACIÓN ORGANISMOS INTERMEDIOS
Se considera hecho subvencionable el conjunto de actuaciones dirigidas a favorecer las condiciones previas que faciliten el desarrollo de proyectos de innovación cooperativa interempresarial. Cada proyecto presentado deberá ser realizado de manera colaborativa entre dos o más organismos intermedios y se corresponderá con actuaciones novedosas que no se viniesen desarrollando previamente y para cuya financiación se requiera de fondos adicionales.
Los proyectos subvencionables incluirán las siguientes actividades:
Desarrollo de dinámicas conjuntas entre agentes para la identificación y concreción de oportunidades de negocio de carácter intersectorial y/o territorial
Vigilancia competitiva colaborativa para identificar tendencias tecnológicas y de mercado para las empresas, especialmente cuando contribuyan a poner en valor dichas tendencias de cara a identificar proyectos concretos de innovación cooperativa.
Diseño y dinamización de grupos de empresas para la identificación y generación de oportunidades de negocio en cooperación.
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