El nuevo Real Decreto de Envases y Residuos de Envases impulsa la implantación de la Economía Circular

Posted by aclimaadmin | 13/01/2023 | Aclima bloga

A finales del pasado año el Gobierno aprobaba el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, un nuevo marco legislativo que regula la comercialización, reciclado y reutilización de los envases de plástico. La necesidad de profundizar en la aplicación de los principios circulares en este ámbito queda clara si consideramos que entre los años 2000 y 2019 la generación de residuos plásticos en el mundo se ha duplicado, hasta alcanzar los 353 millones de toneladas. Con este nuevo Real Decreto se persigue alcanzar los objetivos de reciclado de envases fijados por la Comisión Europea, 50% para 2025 y 55% para 2030.

El Real Decreto traspone la Directiva (UE) 2018/852 sobre envases y residuos de envases, que además de establecer objetivos de reciclaje por material para 2025 y 2030 también busca evitar el traslado de residuos fuera de la UE, por lo que se necesitaría aumentar la capacidad de reciclado de plástico en Europa. Aunque ya está en vigor en lo relativo a las nuevas obligaciones de marcado de los envases no comenzará a aplicarse hasta el 1 de enero de 2025.

Con el nuevo Real Decreto se actualiza la normativa anterior, vigente desde hace más de 20 años, y se promulgan objetivos y medidas concretas para envasadores, cadena de distribución, y administraciones. Sus objetivos son mejorar la prevención en la producción de residuos de envases y promover la reutilización de materiales y su reciclado, además de facilitar los objetivos de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso establecidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. También se dan los primeros pasos para el futuro sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) y se desarrolla el régimen de responsabilidad ampliada del productor (RAP) para todos los envases y residuos de envases.

Los residuos plásticos, un problema mundial

El informe de la OCDE, Perspectivas Globales del Plástico revela que entre 2000 y 2019 la generación de residuos plásticos se ha duplicado en el planeta, mientras que tan solo el 9% de los residuos plásticos se recicla, el 19% se incinera, el 50% se vierte en depósito controlado y el 22% elude los sistemas de gestión de residuos. Al mismo tiempo, el 42% del plástico utilizado en el mundo se destina al empaquetado de alimentos y productos manufacturados, por lo que es urgente mejorar los sistemas de gestión de los plásticos de un solo uso.

Aunque en Europa solo se produce el 16% del plástico mundial, es necesario abordar el problema del plástico de manera decidida para afianzar la transición hacia una Economía Circular. Según datos sectoriales, entre 2018 y 2020 la producción de plástico reciclado aumentó un 12%, la tasa de reciclado de envases de plástico alcanzó el 46% y el uso de plástico reciclado en envases creció un 43%. Pero hay que ponderar estos avances teniendo en cuenta la especial situación vivida debido a los confinamientos provocados por la pandemia. El objetivo europeo es alcanzar un 50% de reciclado de envases plásticos para 2025 y 55% para 2030. Además, la Estrategia europea para los plásticos (2018) establece la meta de que el mercado de la UE de plásticos reciclados alcance los 10 millones de toneladas para 2025.

En lo que respecta a España, la tasa de reciclaje de envases de plásticos ha aumentado desde el 23,3% en 2007 hasta el 51% en 2019. Sin embargo, es necesario afrontar firmemente el problema de los plásticos de un solo uso y mejorar las medidas de prevención, ya que los envases plásticos muestran una presencia creciente en varias cadenas de distribución.

Medidas de prevención y reducción de residuos del Real Decreto

En el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases se establecen objetivos para la prevención de residuos de carácter orientador, que no son aplicables de forma sectorial ni a un tipo específico de producto envasado. Por su parte, los objetivos cuantitativos de reducción son los que ya se dieron a conocer con la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular: para 2025 se reciclará un mínimo del 50% en peso de todos los residuos de envases plásticos y un 55% para 2030. También se establece para 2030 la reducción del 20% para las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022.

Asimismo, se prohíbe la introducción en el mercado de pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, cualquier producto hecho con plástico oxodegradable, así como las microesferas de plástico de menos de 5 mm. Otros productos plásticos de un solo uso, como los vasos para bebidas, tapas, tapones, o recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato ven limitada su comercialización, que ha de reducirse un 50% en 2026 y un 70% para 2030, respecto a 2022. También queda prohibida la distribución gratuita de los productos de plástico que se entreguen al consumidor, y debe cobrarse un precio por cada uno de ellos.

Además, se fomenta la utilización de materiales obtenidos a partir de residuos de envases reciclados, fijando unos porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para 2025 y 2030, que serán obligatorios para el caso de las botellas de plástico de un solo uso: para las comercializadas en el sector de la hostelería y la restauración 30% en envases reutilizables en 2025, del 40% en 2030, y del 50% en 2035; y para las comercializadas en canal doméstico, al menos el 10% del volumen puesto en el mercado en 2030.

En este sentido, hay que tener en cuenta que la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular ya ha introducido el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables para avanzar en prevención y favorecer que los fabricantes e importadores aumenten la cantidad de plástico reciclado en sus envases, primando el empleo de plástico de segundo uso. Este tipo impositivo, de 0,45 euros por kilogramo, recae sobre la fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si estos se presentan vacíos como si estuvieran conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo o presentando mercancías.

Por otra parte, se fomenta la venta de alimentos a granel, y los comercios minoristas de alimentación deberán adoptar las medidas necesarias para presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras. Los supermercados de más de 400 m2 deberán dedicar al menos el 20% de su superficie a la venta de productos sin embalaje (a granel) antes del fin de 2023. También los establecimientos de alimentación que vendan productos frescos y bebidas, así como alimentos cocinados, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables.

Responsabilidad ampliada del productor (RAP)

Otro aspecto que el Real Decreto desarrolla es la responsabilidad ampliada del productor para todos los envases y residuos de envases, de forma que los productores afectados asuman el coste total de la gestión de estos residuos. Según se explica, se deberá establecer en las contribuciones financieras a afrontar por los productores una bonificación cuando el producto cumpla criterios de eficiencia, o bien una penalización cuando el producto incumpla estos criterios.

Además, implicará distintas adaptaciones para los Sistemas colectivos de la RAP (SCRAP) de envases domésticos constituidos hasta la fecha. La norma detalla que los SCRAP en materia de envases domésticos financiarán, además de los costes de gestión de los envases recogidos separadamente, los costes derivados de los residuos de envases recuperados de la fracción resto, de la fracción inorgánica de los sistemas húmedo-seco (cuando no aplique la excepción prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril) y de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

En el mismo sentido, se establecerán mecanismos para incrementar la transparencia en la información de envases y residuos de envases, además de mejorar el seguimiento y control de las obligaciones sobre puesta en el mercado de productos y gestión de sus residuos. Para ello se crea la sección de envases en el Registro de Productores de Producto, en el que todos los productores deberán inscribirse y al que deberán remitir anualmente información sobre la puesta en el mercado de envases, la gestión de sus residuos y la gestión financiera de los sistemas.

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