El Reglamento de la Unión Europea sobre el marco para las inversiones financieras sostenibles («Reglamento de Taxonomía»)

Posted by aclimaadmin | 15/09/2020 | Sektoreari buruzko albisteak

Blanca Lozano, Eduardo Orteu y Carlos Vázquez. 

Gómez Acebo & Pombo Abogados.

El Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, conocido como «Reglamento de Taxonomía», tiene por objeto establecer un marco para facilitar las inversiones sostenibles.

Constituye así un impulso al objetivo general de la UE de avanzar en la adecuación del sistema financiero europeo a los objetivos de promoción de las inversiones sostenibles en la regulación europea de los mercados financieros. Y lo hace en una doble dirección: regulando, por un lado el concepto de actividad económica medioambientalmente sostenible y, por otro, reforzando la transparencia en el funcionamiento del sistema financiero mediante el incremento de las obligaciones de divulgación de información no financiera reguladas tanto en el Reglamento (UE) 2019/2088, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (conocido como «Reglamento de divulgación»), como en la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas[1].

Se trata de una iniciativa enmarcada en el «Pacto Verde Europeo»[2] («European Green Deal»), presentado por la Comisión Europea en 2019 como instrumento para orientar el crecimiento europeo hacia «una economía circular climáticamente neutra y del uso de los recursos» y en el «Plan de Acción: Financiar el crecimiento sostenible»[3], publicado por la Comisión Europea en 2018. Con este último se inició una estrategia ambiciosa respecto de las finanzas sostenibles que persigue corregir las tendencias negativas de la actividad económica desde el punto de vista ambiental por la vía de orientar los flujos de capital hacia inversiones sostenibles.

La primera norma que se aprobó para ello fue el citado Reglamento (UE) 2019/2088 (que se ve completado por el nuevo Reglamento (UE) 2020/852) por el que se establecen normas armonizadas sobre la transparencia que los participantes en los mercados financieros y los asesores financieros deben aplicar respecto a la integración de los riesgos de sostenibilidad en sus procesos de toma de decisiones de inversión o de asesoramiento. Estas obligaciones de información se aplicarán desde el 18 de marzo de 2021[4].

Ahora, el Reglamento de Taxonomía viene a adoptar una de las medidas que en el citado plan de acción para financiar el crecimiento sostenible se consideraron urgentes e importantes: la determinación de un sistema de clasificación unificado de las «actividades medioambientalmente sostenibles».  Es decir, establecer un lenguaje común para las finanzas sostenibles mediante un sistema de clasificación unificado para la UE que defina lo que es sostenible y señale los ámbitos de mayor repercusión, permitiendo crear “etiquetas” de la UE para productos financieros verdes sobre la base de dicho sistema de clasificación con el objetivo de facilitar su identificación por los inversores.

El nuevo proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica aprobado por el Consejo de Ministros el 21 de mayo ya se hace eco del nuevo Reglamento de Taxonomía, desarrollando para el ámbito concreto del cambio climático determinadas obligaciones específicas en materia de divulgación de información no financiera…leer más

Fuente: RESIDUOS PROFESIONAL

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