Objeto
La presente Orden tiene por objeto impulsar la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior- entendiendo como tal el ámbito internacional- apoyando la consolidación de las mismas y aumentando la inversión productiva en el mercado exterior como fórmula para incrementar su competitividad y, por lo tanto, su viabilidad futura.
Entidades beneficiarias
Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs), entendiéndose por tales aquellas que cumplan los siguientes requisitos:
 Que emplee a menos de 250 personas.
 Que su volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros. En el caso de que la empresa esté asociada o vinculada con otras, los requisitos anteriores deberá cumplirlos el grupo de empresas asà formado.
Cuando sea necesario distinguir entre empresas pequeñas y medianas, se entenderá por Pequeña empresa aquella:
 Que emplee a menos de 50 personas.
 Que su volumen de negocios anual o su balance general anual no rebase los 10 millones de euros.