Los vehículos que no podrán circular por las ciudades en 2023

Posted by aclimaadmin | 30/09/2022 | Sector News

La llegada de las nuevas zonas de bajas emisiones perjudica en gran medida a los coches más antiguos.

La futura ley contra el cambio climático que se aprobará antes de final de año y que ya se puede consultar en el anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible, limita la entrada de determinados vehículos en las ciudades de más de 50.000 habitantes. La nueva ley dice lo siguiente: «Las prohibiciones o restricciones de acceso afectarán prioritariamente a los vehículos con más potencial contaminante, como son los vehículos A -sin derecho a etiqueta de la DGT-, y, progresivamente, a los vehículos B y C».

Esto se traduce en que aquellos coches de gasolina anteriores al año 2001 y diésel anteriores al 2006, no podrán acceder a estos núcleos urbanos al ser considerados como grandes contaminantes. Ya sucede en ciudades como Madrid y Barcelona, donde estos coches tienen prohibido el acceso a las zonas de bajas emisiones (ZBE).

Además del veto a los vehículos más antiguos, la nueva ley pone en su punto de mira a los que presentan el dispositivo ambiental B y C. Estos deberán pagar un peaje urbano para circular por la ZBE que determinen los ayuntamientos. Serán los vehículos 0 y Eco, los únicos que se libren de futuras restricciones.

El texto a aprobar dice lo siguiente: «Asimismo, con el fin de ampliar el catálogo de medidas que los municipios pueden adoptar para garantizar la adecuada calidad del aire en sus términos municipales y minorar las emisiones producidas por los vehículos a motor, mediante la Disposición adicional 7ª. se crea la tasa por aprovechamiento especial de las zonas de bajas emisiones y mediante la Disposición final 2ª se modifica el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Esta habilitación legal permite que los municipios que así lo deseen puedan introducir una tasa por la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas de libre circulación estipuladas en las zonas de bajas emisiones».

La ley, aún pendiente de aprobar, da margen a los ayuntamientos para imponer excepciones a la norma y aprobar las cuantías que ellos crean convenientes.

Fuente: El Correo

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