Te hacemos llegar el texto del Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento del canon del agua, que el Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco ha sometido a trámite de información pública.
Este canon del agua se rige por lo previsto en la Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas, y los aspectos que consideramos más relevantes en el Decreto propuesto son:
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- Se considera como hecho imponible la captación de aguas continentales en el territorio de la CAPV, para su utilización o consumo en la CAPV.
- Se considera hecho imponible la entrada en el territorio de la CAPV de aguas continentales procedentes de fuera del territorio de la misma, para su utilización o consumo en la CAPV.
- Se modifican los supuesto de no sujeción; así, no está sujeta al canon descrito la reutilización del agua en usos industriales u otros usos.
- Se reducen las exenciones y bonificaciones aplicables; así, quedan exentas las captaciones y entradas de aguas continentales para su utilización no consuntiva para la obtención de energía o el uso de fuerza motriz, el volumen de agua detraído que retorna al medio y las captaciones y entradas con un volumen anual inferior a 200 metros cúbicos. Y se bonificará en el 90% de la base imponible la captación o entrada de agua para uso agropecuario, aplicando código de buenas prácticas.
- El tipo de gravamen se establece en 3 céntimos de euro por metro cúbico de agua.
- La entrada en vigor de este canon está prevista para el 1 de enero de 2021.
Consideramos que esta información es relevante para la industria, y si consideras que desde Aclima debemos hacer llegar determinadas observaciones al respecto, te agradecemos nos las envíes para poder transmitirlas al Gobierno Vasco.
El plazo para enviar alegaciones está abierto hasta el 13 de julio.