
Esta misma semana se ha aprobado el Real Decreto que crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, que optimiza el Registro que el MITECO lanzó en 2014, ampliando su alcance para incluir nuevas tipologías de proyectos de absorción y a las huellas de carbono de evento. A partir de ahora, las empresas ya obligadas por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre a presentar información no financiera y de diversidad podrán registrar su huella de carbono de manera voluntaria, aunque en cualquier caso deberán darle publicidad, así como a su plan de reducción de emisiones. En el mismo sentido, la Administración General del Estado, incluyendo a las entidades públicas derivadas, también queda obligada a calcular su huella de carbono y establecer plan de reducción de emisiones.
La aprobación de este Decreto por parte del Consejo de ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, viene a consolidar y ampliar la anterior legislación, de 2014, que activó el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Si bien hasta ahora su participación en él era voluntaria, con el nuevo Decreto se establece la obligación de las organizaciones públicas dependientes del Estado de inscribir en él su huella de carbono, sus organismos autónomos, así como las entidades gestoras y los servicios comunes de la seguridad social, y otras entidades del sector público administrativo estatal.
De igual manera, las empresas que desde 2018 ya están obligadas a calcular su huella de carbono podrán registrarla de manera voluntaria, pero quedan obligadas a darle publicidad, así como a su plan de reducción de emisiones. La Ley 11/2018, de 28 de diciembre, establece obligaciones específicas para ciertas empresas en relación con la divulgación de información no financiera y diversidad, incluyendo aquellas con cuentas consolidadas y las sociedades de capital con más de 500 empleados que sean consideradas entidades de interés público o cumplan la condición para ser considerada gran empresa.
De esta manera, se cumple con lo previsto en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, respecto al cálculo de la huella de carbono y los proyectos de compensación y absorción de CO2.
Calcular para reducir
La capacidad de medición de la huella de carbono facilita la reducción de emisiones, además de mejorar los procesos productivos y la eficiencia energética, impulsar la competitividad y la innovación de las organizaciones, y reducir la dependencia de la economía respecto a los combustibles fósiles. El Registro de huella de carbono, activo desde 2014, ha contribuido de manera clara a minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero en el territorio estatal, pero también ha aumentado el volumen de absorción de los sumideros de carbono existentes. De hecho, como parte del Registro existe una cartera de proyectos forestales con los que las empresas y entidades pueden compensar la huella de carbono que generan.
A día de hoy, consta de 14.250 huellas de carbono inscritas, ha sido responsable de repoblar 23.348 hectáreas, y ha reconocido compensaciones de huella de carbono correspondientes a 154.406 toneladas de CO2.
Mediante el Registro, las organizaciones participantes pueden obtener una acreditación, conocida como sello CALCULO y REDUZCO, que demuestra su compromiso para reducir las emisiones de CO2 y visibiliza los esfuerzos en la lucha contra el cambio climático. Para conseguir esta acreditación, la organización debe inscribir cuatro huellas de carbono de años consecutivos, para poder evidenciar que efectivamente se ha reducido la emisión de gases de efecto invernadero. Esto se hace comparando la media móvil de los tres últimos años del ratio de emisiones, incluyendo el año de estudio, con el ratio del trienio anterior.
Existen tres alcances de cálculo de emisiones. El alcance 1 incluye las emisiones de gases de efecto invernadero directas, procedentes del uso combustibles en procesos y calefacción, fugas de gases de equipos de climatización o refrigeración o el consumo combustibles vehículos. El alcance 2 corresponde a las indirectas, provenientes principalmente del consumo de electricidad. El alcance 3 se refiere a otras emisiones indirectas, asociadas a la cadena de valor tanto aguas arriba como aguas abajo de la organización, esto es, las asociadas a los viajes de trabajo, transportes externos, servicios subcontratados como la gestión de residuos, la limpieza o la seguridad, así como la fabricación y compra de materias primas y productos, entre otros. Las pymes no necesitan una verificación externa de los datos de los niveles 1 y 2 para poder realizar su inscripción, para el nivel 3 sí necesitan una verificación externa. Las empresas que no son pymes requieren verificación externa para cualquiera de los niveles.
Ampliar el alcance de la huella de carbono
Con el Real Decreto aprobado esta semana se amplía el alcance del Registro existente, con el objetivo de dar cabida a nuevas tipologías de proyectos de absorción y a las huellas de carbono de evento. También se incluyen aclaraciones consideradas necesarias para mejorar su funcionamiento, se establecen requisitos adicionales de participación, se impulsan mejoras en la tramitación y se pretende reforzar la coordinación con los registros equivalentes autonómicos.
Respecto a los planes de compensación de las organizaciones, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, ha declarado que estos deben ser ambiciosos, realistas, estar alineados con la neutralidad climática y con el Pacto Verde Europeo. Por ello, las empresas están obligadas a incluir al menos un objetivo cuantificado de reducción de emisiones en un plazo de cinco años, así como medidas específicas para lograrlo.
La nueva norma va en sintonía con Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, y supone un paso más en la adecuación de la legislación a los principios de circularidad y sostenibilidad emanados del Pacto Verde Europeo, que busca que el continente alcance la neutralidad climática a más tardar parta el año 2050.
En el caso de Euskadi, Ihobe lanzó en marzo de 2023 la herramienta Climate&Circularity Calculator, la primera aplicación que permite calcular de manera integrada, con la misma información de partida, tanto la huella de carbono, la huella ambiental, y también los indicadores de economía circular con un enfoque de organización, así como la huella de carbono y análisis de ciclo de vida simplificado con un enfoque de productos y servicios.
La calculadora está diseñada para que las organizaciones, en especial pymes, puedan disponer de un diagnóstico y de una herramienta de seguimiento para mejorar su desempeño ambiental con perspectiva de ciclo de vida, pudiendo utilizarse también para simulaciones para ecodiseño. Además, la aplicación facilita el cumplimiento de la obligación de calcular la huella de carbono y la elaboración de un plan de descarbonización, en el marco del Registro Vasco de Iniciativas de Transición Energética y Cambio Climático, recogido en la Ley de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi.