Convocatoria de los premios del programa retos empresariales en la lucha contra el cambio climático a través de la promoción de la economía circular
El patronato de la Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa-Gipuzkoako Aldaketa Klimatikoaren Fundazioa (Naturklima), mediante acuerdo adoptado en reunión de 11 de diciembre de 2025, ha aprobado la convocatoria del concurso público para la concesión de premios del programa «Retos empresariales en la lucha contra el cambio climático a través de la promoción de la economía circular».
CONVOCATORIA
1. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras del concurso público para la concesión de premios del programa «Retos empresariales en la lucha contra el cambio climático a través de la promoción de la economía circular» son las aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de fecha 8 de febrero de 2022 y publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa (n.º 38) de 25 de febrero de 2022.
2. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Las solicitudes deberán presentarse vía internet a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus).
3. Créditos presupuestarios.
La cuantía total de los premios a conceder en esta convocatoria será de 45.000 euros.
4. Documentación a presentar.
La documentación a presentar por los y las participantes es la siguiente:
- Formulario de participación (anexo 1.1).
- Copia del CIF o DNI.
- Ficha resumen propuesta (incluida en anexo 1.2).
- Memoria del proyecto o propuesta, en formato libre máximo treinta (30) páginas.
5. Comisión Evaluadora.
La Comisión evaluadora estará compuesta de forma mixta por personal técnico de Naturklima y de la Dirección General de Transición Ecológica, y en concreto, por:
— El director general de Naturklima.
— El técnico del Observatorio de Naturklima.
— El jefe de Servicio de Medio Ambiente.
6. Notificaciones.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual y entendiéndose efectuada ésta a todos los efectos legales desde el día siguiente a dicha publicación.
7. Subsanación y documentación complementaria.
Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley.
La Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa podrá requerir a las entidades solicitantes cuanta documentación e información complementaria considere necesarias para la adecuada evaluación y resolución de la solicitud presentada.
San Sebastián, a 8 de enero de 2026.—El presidente del Patronato, Jose Ignacio Asensio Bazterra. (294)
Más información: Diputación Foral de Gipuzkoa