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24 Jul 2026
Ayudas y subvenciones

Convocatoria pública y bases de las ayudas X edición de los premios Pacto Verde a las mejores prácticas en materia de medio ambiente

Convocatoria pública y bases de las ayudas X edición de los premios Pacto Verde a las mejores prácticas en materia de medio ambiente

En sesión celebrada el 15 de mayo de 2026, la Junta de Gobierno Local aprobó la convoca-toria pública y las bases de “convocatoria pública de la X edición de los premios Pacto Verde a las mejores prácticas en materia de medio ambiente”.

Las entidades interesadas en presentarse a esta convocatoria específica deberán acudir a ellas para conocer el modo y lugar de presentación de solicitudes, requisitos y obligaciones de las entidades solicitantes, modo de justificación de las subvenciones, formularios, etc.

Las bases de la convocatoria pueden consultarse a través de la página web municipal www. vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de atención ciudadana.

El precitado acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación. No obstante, con carácter previo y potestativo, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, con-tado a partir del día siguiente de esta publicación, en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que este sea resuelto expresa o presuntamente.Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En cumplimiento de la previsión normativa de publicidad de las bases reguladoras específicas de la convocatoria se expone a continuación su contenido:

Marco normativo.

La presente convocatoria de la X edición de los premios Pacto Verde a las mejores prácticas en materia de medioambiente para el ejercicio 2026 se regirá por las bases de la misma y por la ordenanza general de subvenciones (BOTHA número 88, de 28 julio de 2023) que entró en vigor el 1 de octubre de 2023. En todo lo que no hubiera sido contemplado en la presente or-denanza será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las demás normas que sean de aplicación.

Base 1. Plan estratégico de subvenciones y línea de subvención

Estas ayudas se contemplan en el vigente plan estratégico de subvenciones (2025-2027), aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz el 17 de enero de 2025.

El precitado plan enmarca estas ayudas dentro de la línea de subvención “ayudas a la promoción empresarial” (ficha 08_04_v03), que tiene como objetivos estratégicos promover la creación, promoción y desarrollo empresarial en el municipio de Vitoria-Gasteiz, y, apoyar e impulsar la promoción económica y mejora de la competitividad.

Base 2. Objeto de la convocatoria

La convocatoria de los premios Pacto Verde tiene por objeto reconocer públicamente las mejores prácticas medioambientales que las organizaciones adheridas a la comunidad Pacto Verde, en consonancia con los objetivos de desarrollo sostenible de Naciones Unidas (en adelante, ODS), han puesto en marcha para reducir el impacto ambiental negativo de su actividad y contribuir así a que el sistema productivo local transite hacia un modelo de producción circular y bajo en carbono.

Pacto Verde es una plataforma municipal de empresas y otras organizaciones del ámbito empresarial que apuestan por una transformación de sus modelos de negocio y producción en el marco de una transición a una economía verde y circular, clave para acometer el reto de lucha contra el cambio climático. Son organizaciones que incorporan pautas de gestión ambiental con el propósito de impulsar un desarrollo económico sostenible de la ciudad y su entorno. Su objetivo es la creación y el fortalecimiento de un tejido empresarial profesional y comprometido que posicione a Vitoria-Gasteiz como ciudad referente en economía circular, reforzando su marca de ciudad verde. Se concibe como una oportunidad para que las empre-sas, independientemente de su sector de actividad o su tamaño, avancen en sus compromisos ambientales y enfoquen su actividad hacia una forma de producir, de distribuir y de consumir más eficiente.

Esta convocatoria se enmarca fundamentalmente en el cumplimiento de los ODS:

12 –“Consumo y producción responsables”.

13 – “Acción por el clima”.

17 – “Alianzas para lograr los objetivos”.

Los objetivos de la convocatoria de los X premios Pacto Verde son:

  • Premiar, reconocer y difundir públicamente los esfuerzos que, para combatir el cambio climático y sus efectos, que realizan las organizaciones adheridas a Pacto
  • Dar a conocer y mostrar ejemplos de actuaciones de utilidad práctica en el ámbito empresarial que puedan funcionar como guías y modelos a seguir, y que sean transferibles a otras
  • Conseguir la implicación, la motivación, y la conciencia ambiental, tanto de la dirección como de la plantilla de las empresas.
  • Incentivar acciones a favor del fomento del desarrollo sostenible, en todo tipo de acti-vidad
  • Descubrir nuevas formas de hacer negocio, de hacer empresa, donde los impactos ambientales positivos contribuyen a mejorar la calidad de vida de todas las personas y del

Base 3. Acciones susceptibles de ser premiadas

Las iniciativas presentadas a este premio deberán contribuir al cumplimiento del ODS 12 – consumo y producción responsables y/o del ODS 13 – acción por el clima, y versarán sobre aspectos concretos que la organización ha implantado en alguno de los siguientes ámbitos de mejora:

Economía circular:

  • Ecodiseño, servitización, restyling/ reparación/ reacondicionamiento/ retrofitting/ rema-nufactura y reciclaje avanzado para:
  • Reducir el consumo de materias primas,
  • Sustituir las mismas por materiales secundarios,
  • Minimizar y hacer una valorización material de los
  • Análisis de ciclo de vida para conocer el impacto ambiental de cada fase desde el proceso de obtención de materias primas, fabricación, almacenaje, distribución, consumo y fin de

Huella ambiental:

  • Medidas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero mediante disminución del consumo de energía directa y de energía embebida en los materiales, generación de energías renovables, y acciones de compensación para reducir el impacto climático de la
  • Medidas de control de la demanda de agua y acciones de reducción del consumo de agua directo e indirecto de la empresa.
  • Cualquier otra medida encaminada a reducir el efecto de la actividad de la empresa sobre otras categorías de impacto.
  • Sensibilización
  • Acciones que sirven de altavoz, difunden e incentivan el cuidado por el medioambiente entre los grupos de interés de la empresa, llamando a más agentes a la acción por la sostenibilidad.

Soluciones basadas en la naturaleza (SBN):

  • Acciones que utilizan los principios de la naturaleza para aportar soluciones a distintos problemas relacionados con la gestión territorial y urbana como la adaptación al cambio climático, la gestión de los recursos o la calidad del aire y el Con este enfoque, las empresas ya no son sólo beneficiarias pasivas de los productos y servicios de la naturaleza, sino que también protegen, gestionan y restauran proactivamente y de forma estratégica los ecosistemas.

Base 4. Categorías de los premios

Podrán optar al premio organizaciones adheridas a Pacto Verde que hayan logrado, a través del desarrollo de iniciativas en su ámbito de actuación, aumentar la presencia de los valores representados por la comunidad Pacto Verde. Existen dos tipos de premios:

  1. Premio con dotación económica:

En función del tamaño de la empresa participante existen tres categorías que optan a un premio dotado de una cuantía económica de 2.000,00 euros:

  • Categoría Microempresa: 1 – 9 personas en
  • Categoría Pequeña empresa: 10 – 49 personas en
  • Categoría Mediana y Gran Empresa: ≥ 50

La entrega del premio está sujeta a la normativa fiscal vigente.

  1. Premio sin dotación económica:

Tiene carácter honorífico, esto es, no lleva pareja una cuantía económica, pero sí un reco-nocimiento público e institucional.

  • Empresas de fuera de Vitoria-Gasteiz.
  • Sociedades públicas y entidades de derecho público, sean o no de Vitoria-
  • Entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas y profesionales, sean o no de Vitoria-Gasteiz.

Además de las organizaciones candidatas, podrán presentarse candidaturas de éstas por parte de asociaciones conocedoras de la buena práctica realizada por una organización candi-data, con previo consentimiento de la misma.

Todas las iniciativas presentadas, independientemente de si resultan ser premiadas, o no, serán difundidas como ejemplo de contribución de la comunidad Pacto Verde al compromiso de Vitoria-Gasteiz con el desarrollo sostenible.

Base 5. Medio de notificación o publicación del premio

De conformidad con lo establecido en el artículo 24.6 de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (BOTHA número 88, de 28 de julio de 2023), las notificaciones del acuerdo de resolución de concesión y/o denegación de subvenciones se publicarán en el BOTHA y a través del tablón digital de la página web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz tablón digital de anuncios (vitoria-gasteiz.org) con una relación de los premios concedidos y denegados, con indicación de las personas/empresas solicitantes, y en su caso, el importe concedido, atendiendo a los criterios de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

En el cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno en su artículo 8 se indica que deberán hacerse públicas las subvenciones y ayudas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y personas beneficiarias en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Base 6. Requisitos de las organizaciones para participar en la convocatoria

Se podrán presentar un máximo de dos candidaturas por empresa. Requisitos generales.

Toda organización candidata a los X premios Pacto Verde a las mejores prácticas en materia de medioambiente debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar adherida a la comunidad Pacto Verde (https://www.vitoria-gasteiz.org/wb021/was/ do?idioma=es&uid=u_833ce30_133affe9adf 7fd8) y, como manifestación de su compromiso con el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), deben haber implantado en el periodo 2025-2026 alguna buena práctica que conlleve reducir el impacto ambiental negativo de sus procesos, productos y/ o servicios.
  • Cumplir con los requisitos de la normativa vigente y hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • No estar incursas en alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 11 de la ordenanza general de subvenciones o el artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos específicos.

Para optar al premio con dotación económica debe cumplir con los siguientes requisitos adicionales:

  • Ser empresa (organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de presta-ción de servicios con fines lucrativos).
  • Que la empresa esté ubicada (sede física y/o fiscal) en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

Podrán optar al premio honorífico organizaciones adheridas a Pacto Verde que hayan lo-grado, a través del desarrollo de iniciativas en su ámbito de actuación, aumentar la presencia de los valores representados por la comunidad Pacto Verde que sean:

  • Empresas de fuera de Vitoria-Gasteiz.
  • Sociedades públicas y entidades de derecho público, sean o no de Vitoria-
  • Entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas y profesionales, sean o no de Vitoria-Gasteiz.

Base 7. Recursos económicos

Los premios previstos en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la partida de 6.000,00 euros con cargo al saldo disponible en la partida 2026/08.21.4331.489.85, denominada “premios Pacto Verde”, del presupuesto municipal vigente para el año 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 58 del reglamento de la Ley General de Subvenciones, dicha asignación presupuestaria podrá incrementarse previa resolución del órgano competente, en caso de existencia de crédito en el conjunto de las partidas de ayudas gestionadas por dicho departamento municipal. En cualquier caso, la cuantía adicional que-dará condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito y, en su caso, a la aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención, en los mismos medios que se publicó la convocatoria.

Base 8. Compatibilidad o incompatibilidad con otras ayudas y subvenciones

Las ayudas previstas en las presentes bases serán compatibles con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cuales-quiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Base 9. Presentación de solicitudes: plazo y canales

  • El plazo de presentación de candidaturas será desde el día siguiente a la publicación en BOTHA, previa inclusión del anuncio extractado en la Base Nacional de Subvenciones, hasta el 30 de septiembre de 2026, inclusive.
  • Tanto la solicitud como la documentación preceptiva se podrán presentar a través de los siguientes canales de atención:
    • A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (https://sedeelectro-vitoria-gasteiz.org/portal/es/). Se podrán registrar la solicitud y resto de documentación online a través del servicio de registro electrónico. Para ello es necesario utilizar una tarjeta de identificación digital.
    • Presencialmente en:
  • Oficinas técnicas del ayuntamiento, sitas en calle Pintor Teodoro Dublang, en horario de 8:30 a 14:00 horas (siempre previa solicitud de cita en el teléfono 010 o en la web municipal vitoria-gasteiz.org).
  • Oficinas de atención a la ciudadanía (OAC) de la red de centros cívicos (siempre previa solicitud de cita en el teléfono 010 o en la web municipal vitoria-gasteiz.org).

En el puesto de atención presencial, se exige su presentación en hojas sueltas, sin grapas, clips ni cualquier otro sistema de agrupación.

Así mismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4 b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las soli-citudes podrán presentarse en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

Al objeto de agilizar los trámites de la presente convocatoria, las personas solicitantes deberán tener habilitada al efecto, una dirección de correo electrónico operativa mientras dure la tramitación de la misma, al objeto de recibir avisos con relación a la tramitación, que sea necesario para la resolución ágil y eficaz de las solicitudes presentadas.

  • La presentación de la solicitud por parte de las personas interesadas implicará la aceptación del contenido de las presentes bases.
  • La presentación de solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a una resolución de inadmisión.

Base 10. Documentación preceptiva

Las candidaturas reguladas por las presentes bases deben venir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud y declaración jurada (anexo I).
  • Copia del NIF de la organización, copia de DNI de la persona que presenta la solicitud y, en el caso de que ésta no fuera la titular, acreditación de la representación con la que se actúa.
  • Ficha técnica (anexo II). La misma deberá ir acompañada de una memoria en la que se detalle la práctica desarrollada y medidas adoptadas, así como los resultados y beneficios medioambientales y empresariales derivados de la Para ello, se recomienda una ex-tensión máxima de entre cuatro y cinco páginas.
  • Logo de la empresa, preferiblemente formatos vectoriales (.ai, .pdf, .eps). En el caso de formatos no vectoriales (.jpeg, .png, .tif) deberán ser archivos en alta calidad.
  • El siguiente material gráfico sobre la práctica presentada y sobre la organización:

Datos relevantes e información complementaria, así como imágenes clarificadoras de la práctica (mínimo de 2-3 imágenes).

Imágenes de presentación de la empresa y de su actividad (mínimo de 2-3 imágenes).

Este material gráfico únicamente será utilizado como soporte visual de presentación de las prácticas y organizaciones ganadoras en el acto de entrega de los premios, que se celebrará en el marco del XIII encuentro de empresas Pacto Verde, el 26 de noviembre de 2026.

En caso de que la candidatura sea presentada por una entidad distinta de la organización candidata, deberá aportarse una autorización expresa de esta última, firmada por su represen-tante legal, en la que conste su consentimiento para la presentación de la candidatura.

La información entregada por las empresas participantes será utilizada para determinar los resultados finales del premio y se mantendrá como información confidencial, salvo aquellos aspectos en los que el jurado considere de interés publicitar, cuando afecte a las organizaciones ganadoras del premio y siempre en relación a éste.

Base 11. Subsanación de deficiencias de la solicitud

De conformidad con el artículo 20.4 de la ordenanza general de subvenciones del Ayunta-miento de Vitoria-Gasteiz (BOTHA número 88, de 28 de julio de 2023), si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano instructor requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el articulo 68 de la Ley 9/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Base 12. Procedimiento de concesión del premio: fallo del jurado

El fallo corresponderá a un jurado formado por una persona representante de cada una de estas entidades:

  • Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo: jefatura del Ser-vicio de Empresas o persona en quien delegue.
  • Asociación Cluster de Industrias de Medio Ambiente de Euskadi: Dirección general o persona en quien delegue.
  • Departamento de Modelo de Ciudad, Urbanismo, Vivienda, Limpieza y Medio Ambiente: jefatura del Servicio de Sostenibilidad, Clima y Energía o persona en quien

Con carácter previo a la constitución del jurado, a fin de que cualquier persona interesada pueda ejercer su derecho a recusación en los supuestos y términos legalmente establecidos, con observación de lo establecido en el artículo 3.10 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, se hará pública su composición mediante resolución de la concejala delegada del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo.

Todas las personas integrantes del jurado están obligadas a guardar la máxima confidencialidad de las candidaturas presentadas así como de las deliberaciones y votaciones.

Con objeto de facilitar la labor del jurado que ha de fallar los X premios Pacto Verde a las mejores prácticas medioambientales, el servicio de empresas del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo, efectuará una revisión previa de las candidaturas y clasificación documentación aportada.

El fallo de los premios, que será inapelable, se adoptará por el jurado. Esta decisión tendrá carácter confidencial y no se comunicará a las organizaciones premiadas ni al resto de las candidatas, hasta el momento de hacer el fallo público en el XIII encuentro de empresas comunidad Pacto Verde, que tendrá lugar el 26 de noviembre de 2026 en el Palacio Europa. Un/a representante de la organización galardonada, o persona en quien delegue, deberá estar presente durante la entrega del premio, entendiéndose que, de no ser así, renunciaría al mismo.

El jurado podrá declarar desierto alguno de los premios o todos, cuando a su juicio no se hubieren presentado prácticas que reúnan los requisitos de calidad exigibles.

Tras el fallo del jurado, que se hará público en el XIII encuentro de empresas comunidad Pacto Verde, la concesión o denegación de las ayudas se realizará mediante resolución de la concejala delegada del departamento de promoción económica, empleo, comercio y turismo, de conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local sobre delegación de competencias, de 16 de mayo de 2025.

Base 13. Plazo de resolución

El fallo de los premios no se comunicará hasta el 26 de noviembre de 2026 en el XIII encuentro de empresas comunidad Pacto Verde, que tendrá lugar en el Palacio Europa; todo sin perjuicio de su debida notificación en legal forma.

No obstante, el plazo máximo para dictar y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presen-tación de las solicitudes.

Las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, si transcurrido el plazo máximo señalado en el párrafo anterior, no se ha dictado y notificado resolución expresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.5 de la ordenanza general de subvenciones, y del artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Base 14. Obligaciones de las personas beneficiarias

El hecho de participar en esta convocatoria de los X premios Pacto Verde a las mejores prácticas medioambientales supone la aceptación de las presentes bases.

Una persona representante de la organización galardonada, o persona en quien delegue, deberá estar presente durante la gala de entrega de premios, entendiéndose que, de no ser así, renunciaría al mismo, dado que el fallo de los premios no será comunicado hasta el 26 de noviembre de 2026 en el XIII encuentro de empresas comunidad Pacto Verde, que tendrá lugar en el Palacio Europa.

Base 15. Criterios de valoración

Se valorarán prácticas orientadas a mejorar el control de los aspectos ambientales de la actividad, a través del consumo responsable y eficiente de recursos (materiales, agua, energía) y la reducción de emisiones, residuos y vertidos que las empresas hayan implantado durante el periodo 2025-2026, o bien aquellas cuya fecha de inicio sea anterior a 2025, siempre y cuando sigan en vigor en el periodo 2025/2026. En este último supuesto, la candidatura debe incluir los resultados de la mismas conseguidos en 2025 y/o en 2026.

De manera especial, se tendrá en cuenta que las actuaciones realizadas no sean aisladas, sino que formen parte de una estrategia de la empresa a medio o largo plazo (Horizonte 2030) y constituyan ejemplos de prácticas enmarcadas en la necesaria transición ecológica del sector empresarial.

Para la valoración de las prácticas (trabajo, actividad y/o proyecto presentado) se tendrán en cuenta de los siguientes criterios de valoración:

  • Aplicabilidad y replicabilidad: capacidad de la práctica para ser implementada en distintos sectores, así como potencial para ser reproducida con resultados similares en otras
  • Originalidad y eficacia: diferenciación de la solución respecto a prácticas convencionales, demostrando al mismo tiempo resultados concretos y medibles.
  • Carácter innovador: novedad de la iniciativa en relación con prácticas habituales del sector, teniendo en cuenta el uso de nuevas tecnologías, enfoques o modelos de gestión
  • Impacto ambiental positivo: beneficios generados sobre el entorno, como la reducción de emisiones, residuos o consumo de recursos, y la mejora de los indicadores
  • Impacto social del trabajo, actividad y/o proyecto presentado: beneficios que la iniciativa genera para las personas, como mejora del entorno laboral, sensibilización o impacto en la
  • Alineación con los objetivos de desarrollo sostenible (ODS): Medida en que la actuación contribuye a los ODS, integrando mejoras ambientales, sociales y económicas de forma coherente con estos objetivos globales.
  • Buena práctica enmarcada en una planificación a medio plazo: integración de la actuación dentro de una estrategia empresarial estructurada, con objetivos definidos y dirigidos hacia el horizonte 2030.

La valoración de los presentes criterios se realizará mediante una priorización en dos bloques, diferenciando entre un bloque de criterios prioritarios y un bloque de criterios complementarios. La priorización es la siguiente:

  • Criterios
    • Impacto ambiental
    • Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
    • Impacto social del trabajo, actividad y/o proyecto
    • Carácter
    • Originalidad y
    • Aplicabilidad y
    • Buena práctica enmarcada en una planificación a medio

En el proceso de valoración, el jurado, si así lo estima, podrá requerir el envío de documentación justificativa y realizar las comprobaciones oportunas. Las organizaciones candidatas deberán dar información verificable sobre la práctica y su impacto (documentos oficiales o material gráfico).

Del mismo modo, con el objeto de conocer el grado de implantación de las actuaciones presentadas, el Servicio de Empresas del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo podrá realizar visitas de evaluación a las empresas participantes.

Base 16. Cálculo y abono de la subvención

Los importes de cada uno de los tres premios están tasados en la base número 16 y ascienden a 2.000,00 euros cada uno; independientemente de que como prevé la base número 12, el jurado declarase desierto alguno de los premios o todos.

Las entidades que resulten premiadas deberán presentarán por registro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org/portal/es/) un certificado de titularidad bancaria para realizar el ingreso relativo al premio.

Base 17. Modificación de las subvenciones

Cualquier modificación sustancial que altere las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución siempre que no se perjudiquen los derechos de un tercero según preceptúa el artículo 64 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 25.1 de ordenanza general de subvenciones (BOTHA número 88, de 28 julio de 2023).

Base 18. Plazo

No procede.

Base 19. Forma de justificación

No procede.

Base 20. Control, evolución e inspección

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a través de su Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo, podrá realizar las acciones de control y evaluación que resulten necesarias en orden a garantizar la correcta aplicación de las ayudas concedidas a los fines previstos, debiendo aportar las personas beneficiarias cuanta información complementaria se les solicite. Sin perjuicio del control financiero de las subvenciones concedidas que corresponderá a la intervención general municipal, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley General de Subvenciones.

Base 21. Pérdida de subvención, reintegro de ayudas y su procedimiento

El incumplimiento de las obligaciones indicadas en esta convocatoria, serán causa de re-integro según los términos indicados en el artículo 37.1 de la Ley General de Subvenciones.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que la persona deudora ingrese el reintegro si es anterior a ésta, en los casos previstos en el artículo 40 de la ordenanza general de subvenciones (BOTHA número 88, de 28 julio de 2023), además de los recogidos en el texto de estas bases.

Así mismo, en cuanto a las causas de reintegro, prescripción, personas obligadas al reintegro y procedimiento de reintegro regirá lo establecido en los artículos 40 a 41 de la ordenanza general de subvenciones.

Base 22. Protección de datos de carácter personal

El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que res-pecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.

El Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informa que los datos personales de las personas solicitantes serán incluidos en el fichero “Gestión de actividades del departamento”, cuya finalidad es la gestión de las actividades del Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo., pudiendo, si lo desean, ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a las oficinas de atención ciudadana del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Base 23. Cláusulas de igualdad

La entidad beneficiaria ha de cumplir las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres, y en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. Asimismo, debe ajustarse a la Ley 4/2024, de 15 de febrero, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas trans, que entró en vigor el 1 de marzo de 2024, y a los Principios de Yogyakarta (Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de Derechos Humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género).

De esta manera, además de respetar esta legislación y documentación en materia de derechos humanos, el proyecto de la entidad convenida queda alineado con las políticas de Igualdad de Género que impulsa el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 2026

El Jefe del Servicio Administrativo

JOSEBA ANDONI GARCÍA-ARDANAZ ARDANAZ

Más información: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava

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