La Comisión Europea publica el estudio sobre eliminación de residuos

Posted by aclimaadmin | 03/12/2021 | Sektoreari buruzko albisteak

El estudio describe y analiza las operaciones de eliminación de residuos y sobre algunos tipos de residuos, así como las diferentes interpretaciones y usos de las operaciones de eliminación de residuos, la autorización de estas operaciones y las medidas aplicadas de calidad ambiental.

En concreto presenta la situación en cada Estado miembro e identifica los principales impactos para la economía circular provocados por la eliminación residuos de construcción y demolición, textiles, industriales no peligrosos, biológicos de origen municipal, y otros residuos municipales.

El objeto es apoyar a la Comisión Europea en la identificación de áreas de mejoras técnicas y legales, y opciones políticas en esta materia, como la restricción a las operaciones de eliminación.

Entre las recomendaciones el estudio propone la redacción de un documento que aclare las distintas operaciones de eliminación, de forma que asegure su comprensión y la aplicación armonizada de las medidas de protección ambiental correspondientes a cada caso.

Con el fin de reflejar los últimos avances tecnológicos y cambios en el conocimiento científicos, se identificaron dos opciones de política para los requisitos de Decisión sobre criterios de aceptación de residuos (WAC) y la Directiva de vertederos (LfD):

  • revisar los requisitos de LfD y WAC, teniendo en cuenta la información más reciente sobre los avances tecnológicos y los cambios en el conocimiento científicos;
  • desarrollar un documento de referencia o guía sobre las mejores técnicas disponibles para la eliminación de residuos similar a los BREF desarrollados bajo la directiva de emisiones industriales, para la gestión e incineración de residuos.

También se proponen:

➔ Posibles restricciones a la eliminación de residuos:

una prohibición general de la incineración y el depósito de biorresiduos de origen doméstico que sean aptos para el reciclaje o la recuperación, p. Ej. Residuos aptos para digestión anaeróbica o compostaje;

las siguientes restricciones específicas de cada operación:

  • Limitar progresivamente la operación “D1 Depósito sobre el suelo o en su interior” a la deposición del mineral inerte y la fracción solidificada de otros residuos industriales no peligrosos y/o residuos de construcción y demolición no aptos para reciclado o recuperación, como escombros inertes de dragado no aptos para reciclaje o recuperación;
  • Limitar progresivamente el “D2 Tratamiento en medio terrestre” a casos muy específicos o introducir objetivos de reducción para la eliminación progresiva de este método;
  • Limitar progresivamente la “D3 inyección en profundidad” a casos muy específicos, p. Ej. la inyección profunda de residuos extractivos como lodos de perforación inertes;
  • Limitar progresivamente el “D4 embalse superficial” al depósito de residuos de extracción, como los relaves;
  • Introducir objetivos de reducción adicionales para el vertido de la fracción mineral y solidificada de los residuos de construcción y demolición y otros residuos industriales no peligrosos (después de una evaluación previa);
  • Limitar progresivamente la “D6 Vertido en el medio acuático, salvo en el mar” a casos muy específicos, p. Ej. depósito de lodos de dragado u otros materiales naturales, o introducir objetivos de reducción para una eliminación progresiva de este método;
  • limitar progresivamente la “D7 Vertido en el mar, incluida la inserción en el lecho marino” a casos muy específicos, p.e. vertido de residuos de dragado u otros materiales naturales, o introducir objetivos de reducción para una eliminación progresiva de este método;
  • introducir restricciones adicionales para el “D12 almacenamiento permanente” para limitarlo progresivamente al almacenamiento permanente de residuos peligrosos.

➔ Con respecto a las restricciones de eliminación de residuos y los objetivos de reducción para el vertido, y en particular la posibilidad de reducir el objetivo actual de vertido máximo del 10% para los residuos municipales, estableciendo a nivel de la UE un objetivo cuantitativo per cápita sobre vertido, y/o restringiendo el depósito de residuos no peligrosos distintos de los residuos municipales:

  • las partes interesadas estaban a favor de una posible reducción del objetivo actual de vertido máximo del 10% para los residuos municipales, pero solo después de evaluar el rendimiento de los Estados miembros con respecto al objetivo existente;
  • las partes interesadas no estaban a favor de un posible objetivo cuantitativo per cápita sobre el vertido; y
  • las partes interesadas estaban a favor de posibles nuevas restricciones al vertido de residuos no peligrosos distintos de los residuos municipales, pero solo después de evaluar la situación actual con respecto a los flujos de residuos que deben restringirse y evaluar el potencial de mercado de las fracciones recicladas / recuperadas de estos tipos de residuos.

 

Fuente: ASEGRE

Accede al documento completo: DOC

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