El Consejo y el Parlamento alcanzan un acuerdo que mejora la seguridad de los detergentes para la población y el medio ambiente
El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre la actualización del Reglamento relativo a detergentes y tensioactivos. Las nuevas normas simplifican la comercialización y la libre circulación de estos productos en el mercado interior, y acompañan la evolución del mercado en términos de innovación de productos (como los productos de limpieza microbiana o los detergentes que contienen microorganismos) y los hábitos de consumo (como la venta de detergentes a granel y las recargas). Asimismo, se mejora el cumplimiento y la seguridad de mercado de los productos importados al exigir a los fabricantes situados fuera de la UE que designen a un representante autorizado para apoyar el cumplimiento y servir de enlace con las autoridades locales en caso necesario.
El acuerdo provisional faculta a la Comisión para mejorar la biodegradabilidad de los tensioactivos en detergentes (en especial, en las películas que cubren las cápsulas). Completa y facilita digitalmente la información del etiquetado (por ejemplo, los alérgenos de fragancias y los conservantes), y pone la información de los fabricantes a disposición de las autoridades y del personal médico, y en particular de los centros toxicológicos. También pide a la Comisión que analice las posibles repercusiones de la reducción de los niveles de fósforo y prohíba los ensayos con animales.
El acuerdo alcanzado hoy sobre detergentes es beneficioso para la salud, el medio ambiente y el mercado único. Al impulsar la biodegradabilidad, facilitar la reducción de sustancias nocivas y perfeccionar la información del etiquetado, mejoramos la seguridad y la ecología de nuestros productos cotidianos sin aumentar la burocracia: normativa inteligente, resultados limpios. Izabela Leszczyna, ministra de Sanidad de Polonia
Biodegradabilidad y ausencia de OMG
El acuerdo faculta a la Comisión para establecer requisitos más estrictos sobre biodegradabilidad de las películas poliméricas hidrosolubles utilizadas para encapsular detergentes. La Comisión también está facultada para evaluar las pruebas científicas de la necesidad de introducir criterios de biodegradabilidad para otras sustancias orgánicas añadidas intencionadamente en detergentes en concentraciones de al menos el 10 % de la masa total de sustancias, excluida el agua. El acuerdo incluye una cláusula de revisión que prevé la posibilidad de seguir reduciendo los objetivos en el futuro.
Análisis del impacto de la reducción del contenido de fósforo
El Consejo y el Parlamento han acordado pedir a la Comisión que investigue la viabilidad y las posibles repercusiones de la reducción de los niveles de fósforo en los detergentes. En particular, la Comisión debería averiguar si la reducción del fósforo no compromete la eficacia de los productos hasta el punto de que sea necesario aumentar su uso, lo que puede tener un impacto negativo en el medio ambiente (es decir, exigir ciclos de limpieza adicionales o agua más caliente). La Comisión podrá presentar una nueva propuesta legislativa tras su evaluación para seguir reduciendo el contenido de fósforo.
Ensayos sin animales
El acuerdo transaccional reitera la prohibición de detergentes y tensioactivos producidos mediante ensayos con animales, presente en el Reglamento REACH. Solo se permitirán en el mercado interior los productos desarrollados utilizando métodos de experimentación sin animales. En casos muy excepcionales, la Comisión solo tendrá potestad para conceder una excepción a dicha norma si el ingrediente es esencial e insustituible, y si la necesidad de experimentar con animales está justificada.
Siguientes etapas
El Consejo y el Parlamento Europeo deben ahora refrendar y adoptar formalmente el acuerdo provisional que han alcanzado.
Contexto
Aunque los detergentes contribuyen a la salud y a la higiene en nuestra vida cotidiana, son sustancias químicas con propiedades intrínsecas que pueden suponer algunos riesgos para la salud humana y el medio ambiente. Existe una normativa de 2004 («el Reglamento sobre Detergentes») que establece los requisitos que deben cumplir los detergentes para comercializarse en la UE. La propuesta de la Comisión de abril de 2023 intenta abordar las deficiencias de la normativa vigente y resolver los solapamientos entre el Reglamento sobre Detergentes y otros actos legislativos de la UE sobre sustancias químicas que dan lugar a duplicidades de requisitos de etiquetado y complican la comunicación eficaz de la información sobre seguridad y uso.
En 2018, la industria de los detergentes representaba el 4,2 % del valor de producción de la totalidad del sector químico, con un valor de mercado de 41 200 millones de euros (en 2020). La fabricación de productos para todo el mercado, que incluya tanto los productos de consumo como los destinados a los profesionales, implica alrededor de 700 centros de producción distintos.
Fuente: Consejo Europeo