Euro 7: el Consejo y el Parlamento alcanzan un acuerdo provisional sobre los límites de emisiones para los vehículos de carretera
En el día de hoy, el Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre el Reglamento relativo a la homologación de tipo de los vehículos de motor y los motores y de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a esos vehículos en lo que respecta a sus emisiones y a la durabilidad de las baterías, más conocida como Euro 7. El nuevo Reglamento establece normas más adecuadas en relación con las emisiones de los vehículos y tiene por objeto reducir aún más las emisiones de contaminantes atmosféricos procedentes del transporte por carretera y, por primera vez, abarca los turismos, las furgonetas y los vehículos pesados en un único acto jurídico.
El acuerdo provisional alcanzado hoy mantendrá los límites de emisiones Euro 6 para los turismos y las furgonetas, pero reducirá los límites para los autobuses y camiones. Asimismo introduce límites para las partículas emitidas por los frenos (en particular en los vehículos eléctricos) y requisitos de vida útil.
Un Reglamento para todo tipo de vehículos
El Reglamento Euro 7 establece normas para las emisiones de gases de escape de los vehículos de carretera, pero también para otros tipos de emisiones, como las procedentes de la abrasión de los neumáticos y de las partículas de los frenos. También establece límites para la durabilidad de las baterías. La nueva legislación sustituye a las normas sobre emisiones anteriormente separadas para turismos y furgonetas (Euro 6) y camiones y autobuses (Euro VI). Las reglas de la norma Euro 7 establecen límites de emisiones tanto para los vehículos ligeros como para los vehículos pesados, es decir, turismos, furgonetas, autobuses y camiones, en un único conjunto de reglas.
Límites de las emisiones de escape
El acuerdo provisional alcanzado hoy mantiene los actuales límites de emisiones de escape Euro 6 para turismos y furgonetas. No obstante, el acuerdo limita la emisión de partículas sólidas con un diámetro mínimo de 10 nm (PN10), en lugar de 23 nm como en Euro 6. Esta mejora refleja las últimas novedades de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU).
Emisiones de escape para autobuses y camiones
En el caso de los autobuses y camiones pesados, el acuerdo alcanzado hoy establece límites más estrictos para diversos contaminantes, entre ellos los contaminantes que no estaban regulados en la norma Euro VI, como el óxido nitroso (N2O).
Límites para las emisiones de los frenos
El texto transaccional acordado por los colegisladores incluye, para turismos y furgonetas, un límite específico de 3 mg/km en el ciclo de conducción estándar para los vehículos eléctricos puros y de 7 mg/km para todos los demás grupos motopropulsores. En el acuerdo se incluyen límites específicos para las furgonetas pesadas, a saber, 5 mg/km para los vehículos eléctricos puros y 11 mg/km para otros grupos motopropulsores.
Requisitos de vida útil
Los colegisladores han introducido unos requisitos de vida útil más estrictos para todos los vehículos, tanto en términos de kilometraje como de vida útil; estos llegan ahora a 200 000 km o 10 años para turismos y furgonetas.
Fechas de aplicación
El acuerdo prevé diferentes fechas de aplicación después de la entrada en vigor del Reglamento:
- 30 meses para los nuevos tipos de turismos y furgonetas, y 42 meses para los vehículos nuevos
- 48 meses para los nuevos tipos de autobuses, camiones y remolques, y 60 meses para los vehículos nuevos
- 30 meses para los sistemas, componentes o unidades técnicas independientes nuevos que vayan a instalarse en turismos y furgonetas, y 48 meses para los que vayan a instalarse en autobuses, camiones y remolques.
Contexto
El Reglamento Euro 7, que forma parte de la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente de la Comisión, de 2020, y del Plan de Acción «Contaminación Cero» de 2021, fue presentado por la Comisión el 10 de noviembre de 2022. El Consejo adoptó su posición o «orientación general» el 25 de septiembre de 2023.
El 19 de abril de 2023, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) 2023/851 que refuerza las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, que establece un objetivo de reducción del 100 % tanto para turismos como para furgonetas a partir de 2035. Si bien la industria se está preparando para este cambio, que supone que los turismos y furgonetas de combustión nuevos estarán prohibidos en el mercado interior, estos seguirán estando disponibles hasta 2035. Otros vehículos de combustión interna (camiones, autobuses y otros vehículos pesados) seguirán fabricándose después de esa fecha. Las normas Euro7 cubrirán las emisiones de turismos y furgonetas hasta esa fecha, mientras que otras normas contenidas en el Reglamento (relativas, por ejemplo, a los frenos, los neumáticos y la vida útil de las baterías) seguirán aplicándose a los turismos y furgonetas nuevos más limpios después de 2035.
Próximas etapas
El Consejo y el Parlamento Europeo deben ahora refrendar y adoptar formalmente el acuerdo provisional que han alcanzado.
Fuente: Consejo Europeo