Inicio > Actualidad > Noticias > Productos de construcción circulares: el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzan un acuerdo provisional
19 Dic 2023
Noticias del sector

Productos de construcción circulares: el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzan un acuerdo provisional

El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado hoy un acuerdo provisional acerca del Reglamento sobre Productos de Construcción, con el que se acelerarán las transiciones ecológica y digital en el sector de la construcción. El Reglamento establece normas armonizadas de la UE para los productos de construcción y eliminará los obstáculos para su libre circulación en el mercado, reduce la carga administrativa (con soluciones digitales) y garantiza que estos productos se ajusten a los principios de la economía circular y las nuevas tecnologías de construcción.

El acuerdo provisional tiene en cuenta el desarrollo de tecnologías, contempla la creación de un pasaporte digital de productos de construcción y otorga poderes para futuros procedimientos de contratación pública ecológica de productos de construcción.

El acuerdo político alcanzado hoy dotará a los constructores de medios para que se conviertan en actores clave de las transiciones ecológica y digital. Los productos de construcción del futuro requerirán que se extraigan menos recursos y generarán menos contaminación y menos residuos, por lo que los edificios no solo nos protegerán de condiciones climáticas extremas, sino que también ayudarán a luchar contra el cambio climático.

Jordi Hereu Boher, ministro de Industria y Turismo de España

Principales elementos del acuerdo

El acuerdo provisional alcanzado hoy por los dos colegisladores ajusta el ámbito de aplicación del Reglamento y aclara los siguientes puntos:

Resolución de los problemas del sistema de normalización

Por cuanto al procedimiento de normalización se refiere, los colegisladores acordaron mantener los actos de ejecución. Las nuevas normas serán jurídicamente vinculantes. Para remediar los dilatados plazos del proceso de normalización y dar más oportunidades a la Comisión para intervenir en caso de que exista algún problema, el Consejo y el Parlamento acordaron una solución alternativa, en la que, en determinadas condiciones, la Comisión puede adoptar de oficio especificaciones técnicas armonizadas por medio de actos de ejecución.

Pasaporte digital para los productos de construcción

El acuerdo provisional contempla la creación de un sistema de pasaportes digitales para los productos de construcción, similares a los propuestos en el Reglamento sobre Diseño Ecológico. La Comisión estará facultada para definir las funciones y los requisitos de este sistema de pasaportes de productos por medio de actos delegados.

Contratación pública ecológica

Según el texto transaccional, la Comisión estará facultada para establecer, por medio de actos delegados, requisitos mínimos obligatorios de sostenibilidad medioambiental para la contratación pública de productos de construcción, con el fin de incentivar la oferta y la demanda de productos medioambientalmente sostenibles. Estas normas pueden aplicarse a todos los contratos en los que haya productos de construcción, también los contratos de obras de construcción, en los que los Estados miembros quieren introducir requisitos medioambientales para estos productos.

El acuerdo provisional también ofrece a los Estados miembros la posibilidad de dejar a un lado los requisitos medioambientales cuando su aplicación provoque una disminución de la oferta del producto de construcción requerido en el mercado, cuando no haya licitaciones adecuadas y cuando den lugar a costes desproporcionados que obliguen al Estado miembro a gastar por encima de un 10 % más de lo que gastaría de no aplicarse los requisitos.

Derogación del Reglamento en vigor

Para la transición del antiguo marco jurídico al nuevo, el acuerdo provisional propone un período de 15 años desde la fecha en la que entre en vigor de nuevo Reglamento (hasta 2039), lo que garantizará que haya tiempo suficiente para que la transición se haga de manera ordenada y la migración de las especificaciones técnicas armonizadas del antiguo marco jurídico al nuevo sea la adecuada, y para minimizar el riesgo de desarmonizar algún grupo o familia de productos.

Entrada en vigor

Los artículos del Reglamento relativos a la elaboración de normas serán de aplicación en la fecha de entrada en vigor. El resto de los artículos, con excepción del artículo 90 sobre sanciones, se aplicarán a los doce meses de la fecha de entrada en vigor. El artículo 90 se aplicará veinticuatro meses después de la fecha de entrada en vigor.

Próximas etapas

El acuerdo provisional alcanzado con el Parlamento Europeo debe ahora ser refrendado y adoptado formalmente por ambas instituciones.

Contexto

El ecosistema de la construcción representa casi el 5,5 % del PIB de la UE y emplea a alrededor de 25 millones de personas en más de 5 millones de empresas. El sector de los productos de construcción incluye a 430 000 empresas en la UE, con un volumen total de negocio de 800 000 millones de euros. Se trata principalmente de pequeñas y medianas empresas, que constituyen un activo económico y social clave para las comunidades locales de las regiones y ciudades europeas.

Los edificios son responsables de alrededor del 50 % de la extracción y el consumo de recursos y de más del 30 % de los residuos totales de la UE anuales; además, son responsables del 40 % del consumo de energía de la UE y del 36 % de las emisiones de gases de efecto invernadero relacionadas con la energía.

El nuevo Reglamento sobre Productos de Construcción actualiza la legislación vigente en este ámbito, que data de 2011. La revisión del Reglamento sobre Productos de Construcción es parte del paquete de medidas que la Comisión presentó el 30 de marzo de 2022, junto con el Reglamento sobre Diseño Ecológico y la Estrategia de la UE para la Circularidad y Sostenibilidad de los Productos Textiles. Estas medidas forman parte del Pacto Verde Europeo y del Plan de Acción para la Economía Circular.

Fuente: Consejo Europeo

¿Te interesa?. Suscríbete a nuestra newsletter.

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2019 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y respecto de los datos que le identifican como contacto, le comunicamos que Asociación Clúster de Industrias de Medio Ambiente de Euskadi -Aclima-, con CIF G48763858 y domicilio en Paseo de Uribitarte 3 Bilbao (48001), Vizcaya, España, trata sus datos personales con la finalidad de mantener relaciones contractuales y/o comerciales, con base legal en la ejecución del contrato, el interés legítimo o su consentimiento expreso. Sus datos se conservarán mientras esté vigente la finalidad del tratamiento o, en su caso, el plazo legal de responsabilidad. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad, olvido y limitación al tratamiento de sus datos personales o revocar su consentimiento, por escrito, en la dirección postal indicada o en la dirección de correo electrónico aclima@aclima.eus, adjuntando fotocopia de su documento de identidad. También podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.