Publicación del Documento Técnico para la Comunicación de los datos de la Sección de Envases del Registro de Productores de Producto
El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, establece varias obligaciones relativas a información por parte de los productores de producto (conforme a la definición del artículo 2 t) del citado real decreto):
Inscripción en el registro de productores de producto (sección envases)
De conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, los productores de producto o los representantes autorizados en el supuesto regulado en el artículo 17.2 se inscribirán en la sección de envases del Registro de Productores de Productos. La inscripción deberá realizarse en el plazo de 3 meses desde la fecha de entrada en vigor del citado real decreto.
En el supuesto contemplado en el segundo párrafo del artículo 15.1 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, la obligación de inscripción corresponderá a los fabricantes, importadores, adquirientes o empresas de distribución de los envases de servicio, envases comerciales o envases industriales según el caso.
Para darse de alta en el registro deberán utilizar el procedimiento albergados en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.