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07 Mar 2025
Ayudas y subvenciones

Convocatoria de una línea de ayudas para el ejercicio 2025 por la adopción de compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en el Territorio Histórico de Álava

Convocatoria de una línea de ayudas para el ejercicio 2025 por la adopción de compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en el Territorio Histórico de Álava

Destinatarios: Personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias que suscriban voluntariamente compromisos medioambientales, climáticos y otros relacionados con la gestión

Información de interés
Ámbito geográfico: Araba/Álava
Organismo: Diputación Foral de Álava
Administración: Administración Local
Plazo(s) de solicitud: 30/04/2025
Notas solicitud: Del 1 de febrero al 30 de abril de 2025
Tipo: Subvención
Importe: 2.300.000,00€
Notas: Crédito 2025: 2.300.000 euros
CEE: En el marco del Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER

Acuerdo 95/2025, de 18 de febrero, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la convocatoria de una línea de ayudas para el ejercicio 2025 por la adopción de compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en el Territorio Histórico de Álava.

Por Decreto Foral 23/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 17 de septiembre, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas por la adopción de compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en el Territorio Histórico de Álava. El artículo 8 de las bases reguladoras establece que anualmente se aprobará la correspondiente convocatoria de ayudas que incluirá:

a) Las intervenciones y grupos de prioridad para las que se convoca.
b) Los créditos que se reservan para la resolución de la convocatoria, así como en su caso,
para cada intervención y/o grupo de prioridad.
c) El plazo y lugar de presentación de solicitudes.
d) Importe máximo de ayuda por explotación y/o intervención, si procede.

Considerando que en el presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2025, existe la partida 40101. G/414400/47900416 “Medidas agroambientales 2025” con crédito de compromiso suficiente, se propone aprobar para el año 2025 la convocatoria de estas ayudas cuyo abono se hará efectivo para el año 2026.

Vistos los informes preceptivos, en su virtud a propuesta de la Diputada Foral de Agricultura, previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral en sesión celebrada por el mismo en
el día de hoy,

ACUERDO

Primero. Aprobar para el año 2025 la convocatoria de las ayudas por la adopción de compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en el Territorio Histórico de Álava, que se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 23/2024 del Consejo de Gobierno Foral de 17 de septiembre, con arreglo al siguiente detalle:

a) Las intervenciones y grupos de prioridad que se convocan:

— Compromisos agroambientales en superficies agrarias:
– Producción integrada para la norma técnica del vacuno de leche (con código de intervención en el PEPAC: 6501.1).
– Apicultura para la biodiversidad (con código de intervención en el PEPAC: 6501.4).
— Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica (con código de intervención en el PEPAC: 6503).

Medidas Agroambientales 2025” del presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para el año 2025 en la anualidad 2026 y cuyo abono se hará efectivo en el año 2026.

En la convocatoria del 2025 no se establecen reservas a nivel de grupos de prioridad ni a nivel de intervención.

Dichos créditos podrán ser incrementados con cuantías adicionales dentro de los límites establecidos en artículo 21 de la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava, así como por el incremento de crédito que por cualquier motivo pueda producirse en la partida presupuestaria. Estas cuantías adicionales serán como máximo del cien por cien del crédito reservado inicialmente en cada medida.

Los recursos económicos destinados a las ayudas previstas en esta convocatoria procederán de los créditos presupuestarios del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de
Álava, pudiendo ser cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un porcentaje del 80 por ciento.

c) El plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes para acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria estarán incluidas en la “solicitud única” prevista en el título IV del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

En todo caso, se tomarán en consideración y se dará validez a las solicitudes de ayuda que con este objeto se hayan presentado desde el 1 de febrero de 2025, hasta la finalización del plazo de presentación de la solicitud única mencionada en el párrafo anterior.

En el caso de que el citado plazo de presentación de solicitud única fuera ampliado, automáticamente quedará ampliado en el mismo período el plazo de presentación y modificación de solicitudes para estas líneas de ayuda.

La solicitud se realizará en cualquiera de las oficinas comarcales agrarias del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava, o a través del portal web https://npbpac2023.nekanet.net, accediendo a dicho portal mediante certificado digital, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015 de 1 de octubre).

d) Importe máximo de ayuda por explotación y/o intervención, si procede:
En la presente convocatoria se establece un importe máximo de ayuda por explotación solicitante, en función de la tipología de explotación de que se trate (titular individual o explotación asociativa) y del número de intervenciones del anexo II o del número de razas de ganado de la intervención “conservación de razas animales locales” solicitadas o número de grupos de cultivo solicitadas en las intervenciones de ayuda por superficie:

Para considerar que una explotación es de titularidad asociativa será necesario que el porcentaje de participación del socio o socia con mayor participación sea menor o igual al 60 por ciento, cuando sean dos socios o socias las que formen parte de la explotación; o menor o igual al 50 por ciento, cuando sean tres o más socios o socias. En los casos en los que no se cumpla el criterio anterior se considerará que la explotación es de titularidad individual.

Segundo. Facultar a la Diputada de Agricultura, para adoptar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente convocatoria para esta línea de ayudas.

Tercero. El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOTHA.

Cuarto. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la publicación; o, recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del mismo.

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