Inicio > Actualidad > Ayudas y licitaciones > Ayudas y subvenciones > Subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de mejora de las infraestructuras verdes y de la resiliencia del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Convocatoria 2025
10 Abr 2025
Ayudas y subvenciones

Subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de mejora de las infraestructuras verdes y de la resiliencia del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Convocatoria 2025

El patronato de la Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa (Naturklima), mediante acuerdo adoptado en reunión de 13 de marzo de 2025, ha aprobado la Convocatoria correspondiente a 2025 de subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de mejora de las infraestructuras verdes y de la resiliencia del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

CONVOCATORIA

1.    Bases reguladoras.

Las bases reguladoras del otorgamiento de estas subvenciones son las aprobadas por acuerdo de Consejo de Gobierno Foral de 26 de septiembre de 2023 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL de Gi puz koa n.º 201 de día 18 de octubre de 2023.

2.    Plazo de presentación de solicitudes.

Para las subvenciones correspondientes al ejercicio 2025, el plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

3.    Entidades beneficiarias.

Podrán optar a las ayudas las entidades a las que se refiere la base reguladora 3.ª

4.    Créditos presupuestarios.

La cuantía total de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de 97.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 9601.010.662.00.01 del ejercicio 2025.

El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de
la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria.

5.    Modo de presentación y documentación a presentar.

1.    Las solicitudes se presentarán obligatoriamente vía Internet, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral. La presentación vía Internet de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Registro del Departamento de Sostenibilidad), https://egoitza.gipuzkoa.eus, y se cumplimentará el formulario específico habilitado a tal efecto, utilizando la firma electrónica contemplada en citado Decreto Foral 23/2010, de 28 de septiembre.

2.    Al impreso de solicitud (anexo I de la convocatoria) se acompañará la documentación siguiente:

a)    Un ejemplar del proyecto técnico de ejecución o una memoria valorada de las obras, firmado por un técnico o una técnica competente, con la documentación pertinente que deberá incluir, por lo menos, el presupuesto detallado con las unidades, mediciones y capítulos, el cronograma y, según el caso, el estudio de seguridad y salud o estudio básico y el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, de forma que permita la completa realización de la actuación para la que se solicita subvención, justificando su adecuación a lo dispuesto en el apartado 2 de la base reguladora 1.ª

b)    Documento acreditativo de la propiedad o de la disponibilidad de los terrenos y, en su caso, copia de las autorizaciones o concesiones administrativas que se precisen para la ejecución de las actuaciones de recuperación, restauración y mejora, y que éstas son compatibles con lo dispuesto en la normativa de planeamiento municipal correspondiente.

c)    Acuerdo municipal o acuerdo del órgano de gobierno de la mancomunidad o de la sociedad pública en el que se aprueba llevar a cabo el proyecto o actuación, con indicación de la cuantía total de la inversión para la que se solicita subvención según el proyecto técnico de ejecución o la memoria valorada de las obras, y la expresión de que se asume su realización por parte de la Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa.

d)    Declaración responsable (anexo II de la convocatoria) en la que se recoja que en la entidad solicitante:
— No está incursa en ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria de las indicadas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, así como lo dispuesto en el art. 21, apartados 1.º y 2.º del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, y en el artículo 26 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y demás normativa vigente.
Para el caso de las entidades beneficiarias que cuenten con más de 50 personas trabajadoras, se presentará el Plan de Igualdad, así como una declaración responsable de las medidas establecidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo.
— Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e)    Cualquier otra documentación que la entidad solicitante considere de interés presentar en apoyo de su petición, que guar de relación con los objetivos, las prioridades o criterios señalados en estas bases reguladoras.

6.    Notificación.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015 de Procedimiento Administrativo Común, la resolución de concesión será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual y entendiéndose efectuada ésta a todos los efectos legales desde el día siguiente a dicha publicación. Sin que la falta de su constancia obste a la producción de dichos efectos, se procurará informar a las entidades interesadas también mediante alguno o algunos de los siguientes medios: inclusión de la resolución en la página web del departamento, correo electrónico, teléfono, fax.

7.    Subsanación y documentación complementaria.

Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley.

La Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa podrá requerir a las entidades solicitantes cuanta documentación e información complementaria considere necesarias para la adecuada evaluación y resolución de la solicitud presentada.

San Sebastián, a 14 de marzo de 2025

Más información: Boletín Oficial de Gipuzkoa

¿Te interesa?. Suscríbete a nuestra newsletter.

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2019 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y respecto de los datos que le identifican como contacto, le comunicamos que Asociación Clúster de Industrias de Medio Ambiente de Euskadi -Aclima-, con CIF G48763858 y domicilio en Paseo de Uribitarte 3 Bilbao (48001), Vizcaya, España, trata sus datos personales con la finalidad de mantener relaciones contractuales y/o comerciales, con base legal en la ejecución del contrato, el interés legítimo o su consentimiento expreso. Sus datos se conservarán mientras esté vigente la finalidad del tratamiento o, en su caso, el plazo legal de responsabilidad. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad, olvido y limitación al tratamiento de sus datos personales o revocar su consentimiento, por escrito, en la dirección postal indicada o en la dirección de correo electrónico aclima@aclima.eus, adjuntando fotocopia de su documento de identidad. También podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.