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17 May 2018
Blog Aclima

En Aclima te asesoramos sobre los incentivos fiscales para proyectos de innovación tecnológica

Las ayudas públicas constituyen la principal vía de financiación para pequeñas y medianas empresas que desarrollen proyectos de I+D+i. Estas ayudas pueden ser en forma de subvenciones, préstamos bonificados o deducciones fiscales, por ejemplo, en el Impuesto de Sociedades. Sin embargo, en muchos casos, debido precisamente al poco tiempo de vida de las empresas estas no cuentan con bases imponibles suficientes que permitan aplicar las deducciones, ya que se trata de empresas pequeñas o start ups con un volumen de negocio aun mínimo.

Las administraciones públicas vascas, conscientes de esta realidad, han realizado una serie de modificaciones en la legislación fiscal. En concreto, desde las Haciendas Forales de Bizkaia y Gipuzkoa actualmente se posibilita que las empresas con proyectos de I+D+i cedan las deducciones fiscales a las que tienen derecho a potenciales inversores privados a cambio de financiación adicional para las actividades de innovación tecnológica.

En las dos normas forales hay un nuevo artículo, el 64. bis, que modifica el artículo 73. Gracias a este cambio, en la actualidad se establece una fórmula de transferencia de créditos fiscales por vía directa entre las empresas ejecutoras del proyecto de innovación y las que colaboran en su financiación. En la práctica, las empresas o agentes que aporten financiación a proyectos de innovación podrán beneficiarse de deducciones fiscales en el impuesto de sociedades.

La financiación no tiene por qué ser de la totalidad del importe del proyecto y, a su vez, las empresas financiadoras no podrán adquirir derechos de propiedad intelectual o industrial de los resultados del proyecto I+D+i, que serán siempre propiedad de la empresa investigadora,

La rentabilidad máxima para el financiador será del 20% de los fondos que aporte. Por el contrario, la empresa que desarrolla el proyecto, al haber cedido sus deducciones fiscales, renuncia a la aplicación de sus deducciones por I+D+i, total o parcialmente, según el caso.

Los trámites necesarios en estos supuestos son:

-un informe previo del organismo competente (SPRI, ENAC, BEAZ etc.).

-un contrato de financiación suscrito antes del inicio del proyecto o en los primeros 3 meses si se ha solicitado previamente el informe.

-comunicación a la Hacienda Foral correspondiente. Lógicamente debe hacerse antes del final del periodo impositivo durante el que se inicia el proyecto.

Para conocer más en profundidad los detalles de estas oportunidades, puedes ponerte en contacto con nosotros o consultar la información de los propios organismos públicos:

Bizkaia:

Ayudas para la innovación

Deducciones fiscales, Informe previo para proyectos de I+D+i

Deducciones fiscales, proyectos ejecutados de innovación tecnológica

Gipuzkoa:

Programas y ayudas

Informes de Calificación a Efectos Fiscales

 

 

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