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31 Ene 2025
Blog Aclima

Europa impulsa la reducción de los residuos de envases y fomenta su reutilización

La reciente aprobación del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases culmina un proceso legislativo que se ha alargado en el tiempo, pero que resulta indispensable para garantizar la circularidad de la economía europea. Así, se establecen objetivos de reducción de envases del 5% para 2030, 10% para 2035 y 15% para 2040, además de prohibir para 2030 envases plásticos de un solo uso. También determina la extensión de la Responsabilidad Ampliada del Productor a los envases comerciales e industriales. Todo ello para abordar eficientemente el flujo de residuos de envases generados en la UE, promover su circularidad, y unificar las normativas de reciclado y valorización en todo el territorio comunitario para establecer un mercado único más integrado.

A pesar de que en la UE solo se produce el 16% del plástico de todo el planeta, los ciudadanos europeos generan una enorme cantidad de residuos de envases, muchos de ellos compuestos enteramente o parcialmente por plástico. Así, en 2021 cada europeo generó más de 188 kilos de desechos de embalajes y envoltorios, una cifra superior a los 80 millones de toneladas en conjunto, y las proyecciones alertan de que ese volumen escalaría hasta los 209 kilos per cápita para 2030, si las condiciones no cambian. El plástico está presente en aproximadamente el 19% de los envases en la actualidad, pero los expertos creen que este porcentaje puede aumentar hasta el 46% en esta década. Entre 2010 y 2021 los residuos de envases aumentaron un 24% en toda la UE, y aunque su tasa de reciclado creció también, un 23%, es evidente que Europa se enfrenta a un reto y a la vez una oportunidad con los residuos de envases. No en vano, la fabricación de envases y el tratamiento de sus residuos constituye un sector con un volumen de negocio de 370.000 millones de euros. Uno de los propósitos del nuevo Reglamento es armonizar las normas sobre envases en los diferentes Estados miembros y eliminar las barreras existentes entre los países europeos, sentando las bases para un mercado único más integrado, en sintonía con la meta establecida en la Estrategia europea para los plásticos relacionada con que el mercado de la UE de plásticos reciclados alcance los 10 millones de toneladas para 2025.

El objetivo del  Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases es reducir los residuos de envases y fomentar la reutilización en toda la UE, abordando de manera eficaz el aumento de este tipo de residuos mediante criterios circulares. Para ello, se incluyen definiciones, requisitos y objetivos para la reutilización, que fomentan prácticas de envasado sostenibles buscando que los envases que se comercialicen en Europa, cumplan una serie de criterios de diseño, reciclabilidad y/o reutilización. Asimismo, se fijan objetivos globales de reducción de envases del 5% para 2030, 10% para 2035 y 15% para 2040, además de prohibir desde el 1 de enero de 2030 ciertos envoltorios plásticos de un solo uso. También se mantienen las metas de reciclado para 2025 y 2030 recogidas en la legislación anterior, del 65% y 70% para todos los envases en general, 75% y 85% para los envases de papel y cartón, 70% y 75% para los de vidrio, y 50% y 55% para los envases plásticos.

El camino para la aprobación del Reglamento ha sido largo, desde que a finales de 2022 la Comisión Europea lanzase su propuesta. Esta nueva norma deroga las Directivas anteriores, que como tales han de ser traspuestas a las legislaciones de cada país. Al tratarse de un Reglamento, se aplicará 18 meses después de la fecha de entrada en vigor, sin necesitar trasposición. En ese periodo puede tener algún tipo de modificación, pero cuando se adopte, será de aplicación directa en todos los Estados miembros.

Medidas del Reglamento

La nueva legislación comprende todo el ciclo de vida de los envases, y establece requisitos de armonización del etiquetado con la intención de mejorar la información que reciben los consumidores acerca de la composición de los envases. Su ámbito de aplicación incluye todos los envases, independientemente del material utilizado, y a todos los residuos de envases, tanto si son de origen industrial, provengan de otros sectores manufactureros, el comercio minorista o la distribución, los servicios o los hogares.

El Reglamento busca la prevención de los residuos de envases, reduciendo los envases innecesarios y fomentando la reutilización o la recarga de envases. Así, se obliga a minimizar el peso y el volumen de los envases, evitando envases con doble pared, fondos falsos y capas innecesarias, y se determina una ratio máxima de espacio vacío del 50% en los envases de múltiples productos, de transporte y de productos adquiridos a través del comercio electrónico.

Asimismo, se persigue impulsar la comercialización de productos con envases recargables o reutilizables, incluyendo a envases de grandes electrodomésticos, bebidas para llevar, envases de transporte como pallets, envases para el transporte y la entrega de artículos no alimentarios etc. Por ejemplo, establece metas específicas para 2030 de que un 40% de envases de transporte y venta sean reutilizables, con el objetivo voluntario de llegar al 70% en 2040, con diferentes excepciones. Los objetivos de reutilización de embalajes de transporte serán del 100% en el caso de operaciones dentro del mismo país o la misma empresa para 2030. En la misma línea, se facilitará que los establecimientos de bebidas y comida para llevar ofrezcan a los clientes la opción de traer su propio recipiente, sin coste adicional

Desde el 1 de enero de 2030 se prohibirán los envases de plástico de un solo uso para frutas y verduras, para alimentos y bebidas, condimentos, o para pequeños productos cosméticos y de tocador ofrecidos en el sector del alojamiento. También se restringe el uso de bolsas de plástico de menos de 15 micras (las usadas en los establecimientos para comestibles a granel). En el mismo sentido, se promoverá que productos como las etiquetas adhesivas adheridas a las frutas y verduras, o las bolsas y cápsulas de café o té sean compostables.

Además, se establecen nuevos objetivos de reutilización vinculantes para 2030 y objetivos indicativos para 2040. Por ejemplo, los envases reutilizables de bebidas alcohólicas y no alcohólicas (excepto, por ejemplo, leche, vino, vino aromatizado y bebidas espirituosas) para 2030 deberán contener al menos el 10% de material reciclado.

En cuanto a la recuperación y el reciclado, se mantienen los objetivos principales para 2030 y 2040 en relación con el contenido reciclado mínimo en los envases de plástico, quedando exentos los envases de plástico compostables y los envases cuyo contenido de plástico sea inferior al 5% de su peso total. Asimismo, se establecen objetivos de porcentaje mínimo de contenido reciclado para 2030 y 2040, por ejemplo, de hasta el 65% para botellas de plástico de un solo uso para 2040.

RAP y SDDR

El Reglamento establece la extensión de la Responsabilidad Ampliada del Productor, RAP, a los envases comerciales e industriales, medida que en las anteriores legislaciones solo afectaba a los envases domésticos. Esto obligará a las empresas a inscribirse en un registro oficial de productores de producto y a adherirse a un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor, SCRAP, para envases comerciales e industriales.

También se determina el sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) para botellas de bebidas de plástico y envases de bebidas metálicos de un solo uso, con una capacidad de hasta 3 litros, con excepción de los sistemas de depósito, devolución y retorno establecidos antes de la entrada en vigor del Reglamento que para el 1 de enero de 2029 hayan alcanzado el objetivo de recogida separada del 90%.

Salud ambiental y humana

En el Reglamento se restringe el uso de PFAS (sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas) en envases en contacto con alimentos que superen ciertos umbrales. Estas sustancias son químicos de larga permanencia y evitar su contacto con los alimentos es una medida de precaución orientada a garantizar la salud de los europeos.

Además, algunos expertos valoran que el cumplimiento de las medidas recogidas en el Reglamento permitirá reducir unas 23 millones de toneladas de GEI derivadas de los envases de aquí a 2030, algo nada desdeñable si se considera que las emisiones de CO2 de los envases equivalen a las emisiones de un país de la UE de un tamaño entre pequeño y mediano.

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