Incentivos fiscales y financiación para proyectos de I+D+i en Euskadi

Posted by aclimaadmin | 07/06/2019 | Blog Aclima

Uno de los aspectos más relevantes para las empresas actuales es el impulso de la innovación tecnológica. Ya sea porque se trate de entidades orientadas a ámbitos relacionados con la tecnología o porque, sin ser este su principal área, constaten la imperiosa necesidad de emplear cada vez más las últimas tecnologías en sus procesos de producción y servicio.

En el entorno profesional actual nadie pone en duda la vital importancia de la de innovación tecnológica. Pero, siendo realistas, a menudo las empresas requieren de estímulos y ayudas que posibiliten la puesta en marcha de procesos de innovación. Dentro del tejido empresarial e industrial vasco coexisten desde grandes grupos hasta pymes, y cada cual tiene unas necesidades y capacidades diferenciadas.

Es por esto, que en Aclima facilitamos a las empresas información sobre las ayudas e incentivos fiscales existentes para proyectos de innovación tecnológica. Recientemente celebramos un workshop en el que varios expertos nos trasmitieron sus conocimientos sobre estos temas.

Instrumentos de financiación para la innovación

En Euskadi, las empresas pueden acceder a diversas vías de financiación para sus proyectos de I+D+i, y también existen deducciones fiscales que hacen más atractivo el apoyo por parte de inversores privados a este tipo de proyectos. Tanto subvenciones, como préstamos bonificados o ayudas fiscales, como las deducciones en el Impuesto sobre Sociedades de los promotores de proyectos de Innovación tecnológica son herramientas a las que las empresas pueden acceder para impulsar la innovación en su seno.

En concreto, las deducciones en impuesto de sociedades constituyen un estímulo muy importante para la inversión de capital privado en proyectos de I+D+i. En Araba, Bizkaia y Gipuzkoa las Normas Forales reguladoras del Impuesto sobre Sociedades son la 37/2013 en el caso de Araba, la Norma Foral 11/2013 en el caso de Bizkaia, y la 2/2014 para Gipuzkoa.

Deducciones fiscales para inversores privados

Recientemente se ha modificado el artículo 64.bis de las legislaciones de Bizkaia y Gipuzkoa, estableciendo una fórmula de transferencia de créditos fiscales por vía directa. Básicamente, se legislan las deducciones fiscales para los inversores privados de proyectos de innovación, estableciendo un máximo del 20% de rentabilidad para los inversores en sus deducciones fiscales. La empresa realizadora del proyecto debe renunciar a sus deducciones por I+D+i total o parcialmente. A su vez, los fondos invertidos no se devuelven al financiador, ni este adquiere derechos de propiedad intelectual o industrial de los resultados del proyecto, ya que quedan en manos de la empresa realizadora.

De esta manera, se quiere incentivar la inversión privada en proyectos innovadores. Uno de los requisitos para obtener el derecho a ventajas fiscales era declarar beneficios, y en los inicios de un proyecto de innovación esto es difícil. Por eso, al permitir que exista un tercero que actúe como inversor y permitiéndole deducciones fiscales por su inversión, se consigue que fluya capital privado a la financiación de la innovación.

Esta normativa se aplica en los dos Territorios Históricos, con la diferencia de que en Gipuzkoa las condiciones para obtener financiación son algo más restrictivas, ya que las empresas que requieran inversión privada han de ser de nueva creación, con una antigüedad menor a los cinco años desde su constitución.

En ambos casos, el inversor y la empresa receptora de la inversión deben suscribir un contrato de financiación, solicitar un informe al órgano competente y comunicar a la hacienda Foral los detalles de la financiación. La norma exige que antes de final del ejercicio el investigador y el financiador deben entregar toda la documentación exigida, entre la que se encuentra un informe para certificar que se ha realizado la inversión. Estos informes se solicitan a la SPRI, y también a BEAZ en el caso de Bizkaia. Un problema que a veces puede surgir es el retraso en la recepción de dicho informe, que imposibilitaría a los intervinientes la posibilidad de acogerse a la norma tributaria.

Uno de los aspectos más importantes en este tipo de relación es la confianza entre el investigador y financiador, es por ello que Aclima trata de facilitar a las empresas contactos de confianza como posibles inversores. Como ejemplo, este año ya hemos asistido a la materialización de dos casos gracias a la intermediación y asesoramiento de Aclima.

Por eso desde Aclima os animamos a que contactéis con nosotros para que podamos agilizar el acceso a dichas vías de financiación.

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