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13 Feb 2025
Grants and subsidies

Subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de restauración de áreas degradadas y de mejora de la infraestructura verde en el Territorio Histórico de Gipuzkoa

Bases reguladoras y convocatoria 2025 de las subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de restauración de áreas degradadas y de mejora de la infraestructura verde en el Territorio
Histórico de Gipuzkoa.

El consejo de Gobierno Foral, en sesión de fecha 4 de febrero de 2025, adoptó el siguiente ACUERDO

La Asamblea General de la ONU declaró la década 2022- 2030 como la Década de las Naciones Unidas para la Restauración de los Ecosistemas, con objeto de incrementar a gran escala la restauración de los ecosistemas degradados y destruidos, como medida de probada eficacia para luchar contra el cambio climático y mejorar la seguridad alimentaria, el suministro de agua y la biodiversidad.

Asimismo, el Parlamento Europeo y el Consejo de Europeo aprobaron en 2024, el Reglamento 2024/1991, relativo a la restauración de la naturaleza, considerando que la restauración de los ecosistemas, además de ser necesaria para la conservación de la biodiversidad, también contribuye a la consecución de los objetivos de la Unión relativos a la mitigación del cambio climático y la adaptación a este.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el Título Primero de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, las administraciones públicas deben promover políticas ambientalmente adecuadas para garantizar a todas las personas el derecho al uso y disfrute de un medio ambiente adecuado para su desarrollo, de tal forma que, entre otros fines, posibiliten proteger el medio ambiente, prevenir su deterioro y restaurarlo donde haya sido dañado.

En el marco de la planificación foral, la Estrategia Guipuzcoana de Lucha Contra el Cambio Climático 2050 –Gipuzkoa Klima 2050–, aprobada mediante el Decreto Foral 18/2018, de 29 de mayo, en su Meta 3 (Incrementar la eficiencia y la resiliencia del territorio), definió dos líneas de actuación con el objetivo de promover una red de infraestructuras verdes en Gipuzkoa y desfragmentar el territorio, así como llevar a cabo la restauración y naturalización de áreas degradadas. Estas líneas de actuación recogen específicamente la necesidad de promover y ejecutar proyectos de restauración y naturalización, además de apoyar proyectos y actuaciones municipales de regeneración urbana, naturalización de espacios y creación de zonas verdes dentro de las estrategias locales y comarcales. Todo ello con el objetivo de incrementar la capacidad de absorción de CO2 de los ecosistemas, mantener la resiliencia del territorio, restablecer los procesos ecológicos degradados o dañados y mejorar su calidad ambiental, así como la capacidad de ofrecer servicios ecosistémicos (reconexión con la naturaleza, regulación hídrica, conservación de la biodiversidad, mejora del paisaje, etc.).

Paralelamente, en aplicación de lo establecido en la Estrategia Gipuzkoa Klima 2050, el Departamento de Sostenibilidad se encuentra implantando un programa de infraestructuras verdes.

Fruto de los trabajos realiza dos en el marco de dicho programa, se elaboró una propuesta de Red de Infraestructura verde para Gipuzkoa (RIVG) que desarrolla y capilariza la Red Vasca de Infraestructura verde definida en las Directrices de Ordenación del Territorio del País Vasco.

De esta forma, el Departamento de Sostenibilidad ha llevado a cabo en los últimos años diferentes proyectos de regeneración, restauración o puesta en valor de algunas zonas del territorio que se encontraban en unas condiciones bajas o inadecuadas desde el punto de vista de la calidad ambiental de los elementos que las conformaban.

Con la idea de identificar, priorizar y seleccionar los proyectos a ejecutar, desde el año 2020 se realiza una convocatoria anual de subvenciones en especie dirigida a entidades locales. Las convocatorias rea li za das hasta la fecha han tenido un notable éxito, tanto en la cantidad de proyectos presentados como en la calidad general de los mismos, habiéndose logrado restaurar una superficie superior a 120 ha.

En 2025 se plantea rea li zar una nueva convocatoria, a la que podrán optar, Ayuntamientos, entidades organismos autónomos municipales, Mancomunidades entidades mercantiles participadas por entes pertenecientes al sector público, de ámbito municipal o comarcal, con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y cuyo capital social sea exclusivamente de carácter público. Así mismo, por primera vez, podrán optar a las ayudas las entidades locales menores constituidas en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

A estos efectos, se han elaborado las bases reguladoras de la convocatoria, que tienen por objeto la regulación del otorgamiento de subvenciones en especie a través de concurrencia, de cara a que la Dirección General de Transición Ecológica realice y lleve a cabo, dentro del ejercicio económico, las actuaciones y proyectos de recuperación y restauración de áreas degradadas y de mejora de la funcionalidad y multifuncionalidad ecológica de las infraestructuras verdes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 2.3 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Estas subvenciones no constituyen ayuda de estado en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y se ajustan a la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de Subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y a lo dispuesto en el Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Norma Foral.

Esta línea de subvención se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 (PES), aprobado por el Consejo de Gobierno Foral de 5 de noviembre de 2024, sin perjuicio de su actualización conforme a la Norma Foral 4/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025. Conforme al artículo 16.1 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, corresponde al Consejo de Gobierno Foral la competencia para
la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas.

En consecuencia, por todo lo expuesto, este Consejo de Gobierno Foral, a propuesta del diputado foral del Departamento de Sostenibilidad y previa deliberación, ACUERDA

Primero.    Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de restauración de áreas degradadas y de mejora de la infraestructura verde en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, que se adjuntan al presente acuerdo como anexo I.

Segundo.    Aprobar la convocatoria de 2025 de de subvenciones en especie para la ejecución de proyectos y actuaciones de restauración de áreas degradadas y de mejora de la infraestructura verde en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, que se adjunta al presente acuerdo como anexo II.

Tercero.    Efectuar una retención de crédito por importe de 300.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1.0210.120.662.00.01.2025. El importe del gasto podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria.

Cuarto.    Las bases reguladoras aprobadas por el presente acuerdo producirán efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa.

Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Lo que se publica para conocimiento general.

Más información: Boletín Oficial de Gipuzkoa

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