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16 Apr 2026
Grants and subsidies

Subvenciones para fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior (Ministerio de Industria y Turismo)

Extracto de la Resolución de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior para el año 2026.

BDNS(Identif.):894416

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894416)

Primero. Objeto.

Convocar subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad para el año 2026. La convocatoria consta de dos programas:

a) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: consiste en subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras.
b) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas: estas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

Segundo. Beneficiarios.

1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:
a) Que sea una persona física.
b) Que sea considerado PYME.
c) Que sea una gran empresa privada.
d) Que sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante la solicitud de patente y/o modelo de utilidad en el extranjero de acuerdo con los requisitos expresados en la presente convocatoria.

2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:

a) Que sea una persona física
b) Que sea considerado PYME.

El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante alguna de las actividades contenidas en la convocatoria.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden ICT/677/2019, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.

https://www.boe.es/boe/dias/2019/06/21/pdfs/BOE-A-2019-9391.pdf

Cuarto. Cuantía.

1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: no podrá superar la cuantía de 5.000.000,00 euros en la presente convocatoria. Se asignarán unas cuantías de referencia en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable y que se indican en el anexo I de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados; en caso de que el solicitante sea considerado PYME o persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.

2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: no podrá superar la cuantía de 300.000,00 euros en la presente convocatoria. A las actividades señaladas se les asignarán unas cuantías de referencia que se indican en el anexo II de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 90% de los importes señalados.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Otros datos.

1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: son subvencionables las actividades indicadas en la convocatoria cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.
2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: son subvencionables las actividades indicadas en la convocatoria que hayan sido publicado en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» durante los años 2023, 2024 y 2025.

Madrid, 20 de marzo de 2026.- La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas,  O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.

Más información: BOE

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