Hasiera > Gaurkotasuna > Laguntzak eta lizitazioak > Laguntzak eta dirulaguntzak > Convocatoria de 2026 del programa de subvenciones «Enpresak Hazten». Diputación Foral de Gipuzkoa
04 Jun 2026
Laguntzak eta dirulaguntzak

Convocatoria de 2026 del programa de subvenciones «Enpresak Hazten». Diputación Foral de Gipuzkoa

Convocatoria de 2026 del programa de subvenciones «Enpresak Hazten».

El Consejo de Gobierno Foral ha adoptado el siguiente acuerdo en su reunión de 26 de mayo de 2026:

El Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de acuerdo con los objetivos y líneas de actuación definidos en el Plan Estratégico 2024-2027, y en particular con el Pilar III y el Objetivo Estratégico 3.3, centrado en el impulso de capacidades competitivas mediante la consolidación, transformación y promoción de nuevos sectores económicos, desarrolla una actuación estratégica dirigida al fortalecimiento del tejido empresarial del territorio.

El refuerzo de la competitividad empresarial y la mejora de la capacidad de adaptación de las empresas a un entorno económico cambiante constituyen elementos clave para el desarrollo socioeconómico del territorio. Un ecosistema empresarial sólido y en evolución continua contribuye de manera directa a la creación de empleo de calidad, al incremento de la inversión productiva, al fomento de la innovación y a la mejora del posicionamiento de las empresas en los mercados nacionales e internacionales. Todo ello adquiere especial relevancia en un contexto global caracterizado por la digitalización, la transformación de los modelos industriales y una intensificación de la competencia.

En este escenario, el crecimiento empresarial se configura como un factor estratégico para asegurar la estabilidad económica de Gipuzkoa y fortalecer su proyección futura. La promoción de estructuras empresariales de mayor dimensión y solidez, el impulso de las relaciones económicas dentro del territorio y la facilitación del acceso a nuevos mercados se consideran ejes prioritarios para la consolidación de una economía dinámica, competitiva y resiliente.

Con el objetivo de dar respuesta a estas necesidades, la Diputación Foral de Gipuzkoa puso en marcha en el año 2025 el programa de subvenciones «Enpresak Hazten», orientado a apoyar el crecimiento de las empresas mediante las siguientes líneas de actuación:

1.    Apoyo al crecimiento empresarial mediante procesos de fusiones y adquisiciones.

Esta línea se dirige a aquellas empresas que optan por el crecimiento inorgánico a través de la integración con otras entidades empresariales. Este tipo de operaciones permite alcanzar una mayor dimensión, mejorar la eficiencia de los procesos productivos y organizativos, y facilitar el acceso a nuevos mercados. Asimismo, los procesos de fusión y adquisición contribuyen a la creación de estructuras empresariales más competitivas, favorecen la captación de recursos estratégicos y permiten generar sinergias, optimizar la gestión y reforzar las capacidades de innovación e internacionalización.

2.    Apoyo al crecimiento empresarial mediante la exploración de nuevas líneas de negocio.

Esta línea está orientada a fomentar la diversificación de la actividad empresarial y la identificación de nuevas oportunidades de mercado. A través del desarrollo de nuevos productos o servicios, la apertura de nuevas áreas de actividad y la adaptación de los modelos de negocio, se facilita una respuesta estratégica a las transformaciones del entorno económico y a las nuevas demandas del mercado. De este modo, se contribuye a la ampliación del ámbito de actuación de las empresas, a la reducción de riesgos y al fortalecimiento de su competitividad a largo plazo.

El programa «Enpresak Hazten» constituye, por tanto, un instrumento esencial para acompañar a las empresas en sus procesos de crecimiento, consolidación y diversificación, mediante el acceso a recursos y herramientas adecuadas. El impacto de estas actuaciones se traduce, además, en el fortalecimiento de la base económica del territorio, el aumento del empleo y la mejora de la competitividad del ecosistema productivo local.

Vistos los resultados de la convocatoria de 2025, se considera necesario continuar con el programa.

En la convocatoria de 2026 serán de aplicación las bases reguladoras aprobadas por el Consejo de Gobierno Foral el 29 de abril de 2025, publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 90, de 15 de mayo de 2025.

La presente línea de subvenciones se encuentra actualmente incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 (PES).

En atención a lo expuesto, a propuesta del diputado foral del Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno Foral,

ACUERDO

Primero.    Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026 del programa «Enpresak Hazten», que se adjunta como anexo.

Segundo.    Autorizar un gasto total de 1.700.000,00 euros para atender la convocatoria de 2026, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

a)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea de apoyo al crecimiento empresarial mediante fusiones y adquisiciones (anexo II del acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 29 de abril de 2025) 700.000,00 euros, con la siguiente distribución:

—1.0510.100.470.00.23 (2026): 392.000,00 euros.

—1.0510.100.481.00.17 (2026): 98.000,00 euros.

—5.0510.100.470.00.23 (2027): 168.000,00 euros.

—5.0510.100.481.00.17 (2027): 42.000,00 euros.

b)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea de apoyo al crecimiento empresarial mediante la exploración de nuevas líneas de negocio (anexo III del acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 29 de abril de 2025), 1.000.000,00 euros, con la siguiente distribución:

—1.0510.100.470.00.02 (2026): 560.000,00 euros.

—1.0510.100.481.00.14 (2026): 140.000,00 euros.

—5.0510.100.470.00.02 (2027): 240.000,00 euros.

—5.0510.100.481.00.14 (2027): 60.000,00 euros.

El importe autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano competente en función del importe de la modificación, sin que ello implique la apertura de una nueva convocatoria. Su efectividad quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito con carácter previo a la resolución de concesión de las subvenciones.

Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

San Sebastián, a 29 de mayo de 2026.—El secretario técnico del Departamento.               (3678)

ANEXO

Convocatoria 2026 de las ayudas del programa Hazten.

1.    Objeto y bases reguladoras.

1.1.    Convocar para el año 2026 las subvenciones del programa «Enpresak Hazten».

1.2.    Las bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones del programa «Enpresak Hazten» son las aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 29 de abril de 2025, publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 90 del 15 de mayo de 2025.

1.3.    Los anexos a los que se hace referencia en los apartados 2 y 6 de la presente convocatoria, son los del acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 29 de abril de 2025 señalado en el párrafo anterior.

2.    Financiación.

2.1.    La cuantía total de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de 1.700.000 euros con cargo a las siguientes partidas:

a)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para impulsar el crecimiento empresarial mediante el apoyo a procesos de fusiones y adquisiciones (anexo II), 700.000 €.

—1.0510.100.470.00.23 2026: 392.000 €.

—1.0510.100.481.00.17 2026: 98.000 €.

—5.0510.100.470.00.23 2027: 168.000 €.

—5.0510.100.481.00.17 2027: 42.000 €.

b)    Para la financiación de proyectos y actuaciones de la línea para explorar nuevas líneas de negocio (anexo III), 1.000.000 €.

—1.0510.100.470.00.02 2026: 560.000 €.

—1.0510.100.481.00.14 2026: 140.000 €.

—5.0510.100.470.00.02 2027: 240.000 €.

—5.0510.100.481.00.14 2027: 60.000 €.

2.2.    El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.

3.    Requisitos de las entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias las entidades que cumplan los requisitos establecidos en la base 2.ª de las bases reguladoras generales y, en su caso, en la base 2.ª de las bases específicas correspondientes a cada línea de ayuda.

4.    Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, y finalizará a las 13:00 horas del 29 de julio de 2026.

5.    Plazo de inicio y ejecución de las actuaciones.

Las actuaciones objeto de la subvención deben iniciarse a partir del 1 de junio de 2026.

Las actuaciones se concluirán antes del 1 de junio de 2027.

6.    Documentación que acompaña a la solicitud.

a)    Declaración responsable, conforme al modelo que se incluye en el anexo o en la solicitud telemática, de no hallarse incursa en cualesquiera de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ni de estar sometidas a ninguno de los supuestos de prohibición previstos en el art.23, apartado 2.º del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia machista contra la Mujer y en la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.

b)    Declaración, en su caso, de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, indicando las subvenciones que resulten incompatibles con las solicitadas. Y, en su caso, sobre ayudas «de minimis» recibidas por la empresa en los 3 años precedentes.

c)    Presupuesto detallado del proyecto. No se presentarán gastos inferiores a 300 euros.

Además del presupuesto total del proyecto, en caso de tratarse de un proyecto en colaboración –que solo se admitirán en la línea destinada a explorar nuevas líneas de negocio (anexo III)–, se deberá especificar la parte correspondiente a cada una de las entidades participantes.

d)    Memoria del proyecto, que contenga los objetivos del mismo y la descripción de las fases, actividades o tareas necesarias para alcanzarlos. La memoria contendrá un planing en el que consten las fechas de inicio y finalización. Se especificarán las personas que trabajarán en el proyecto y su perfil y experiencia, así como los recursos necesarios para ejecutarlo. Se definirán los resultados a obtener con la consecución de la actuación a financiar. En el caso de los proyectos en colaboración se explicará el papel de cada entidad en el mismo.

Se aportará toda la información necesaria para la valoración establecida en la base 5.ª sobre criterios de valoración del anexo correspondiente a cada una de las líneas de ayuda aprobadas por el Consejo de Gobierno Foral del 29 de abril de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 15 de mayo de 2025. La valoración se realizará con la información aportada en la solicitud.

e)    Descripción de la entidad o entidades participantes. Se describirá brevemente la actividad que desarrolla la entidad y se incluirá el número de personas que trabajan en la misma, y los datos económicos correspondientes.

7.    Plazo de resolución de las solicitudes y notificación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión o, en su caso, de denegación será de 6 meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Dicha resolución se notificará individualmente a cada solicitante, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa en los términos del artículo 17 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

La entidad beneficiaria dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir de la fecha de notificación para aceptar la subvención que se entenderá tácitamente aceptada si no existe comunicación expresa en contrario.

Las entidades que, aun reuniendo las condiciones administrativas y técnicas para adquirir la condición de beneficiarias, no hayan obtenido subvención por haberse agotado el crédito presupuestario, quedarán en lista de espera para el caso en que algunas de las subvenciones concedidas quedaran sin efecto por renuncia.

Más información: Boletín Oficial de Gipuzkoa

Interesatzen al zaizu? Harpidetu gure buletinera.

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2019 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y respecto de los datos que le identifican como contacto, le comunicamos que Asociación Clúster de Industrias de Medio Ambiente de Euskadi -Aclima-, con CIF G48763858 y domicilio en Paseo de Uribitarte 3 Bilbao (48001), Vizcaya, España, trata sus datos personales con la finalidad de mantener relaciones contractuales y/o comerciales, con base legal en la ejecución del contrato, el interés legítimo o su consentimiento expreso. Sus datos se conservarán mientras esté vigente la finalidad del tratamiento o, en su caso, el plazo legal de responsabilidad. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad, olvido y limitación al tratamiento de sus datos personales o revocar su consentimiento, por escrito, en la dirección postal indicada o en la dirección de correo electrónico aclima@aclima.eus, adjuntando fotocopia de su documento de identidad. También podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.